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05001233300020170020001Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección A)Aclaración voto2021-11-24

Radicación interna: 67779 · LEY 1437 REPARACION DIRECTA

Ponente: Fernando Alexei Pardo Flórez

Actor: Bellanira Rivera Tuberquia, Hemilson Rivera Tuberquia, Arledis Tuberquia Zapata, Dora Lina Tuberquia Zapata, Luz Marina Tuberquia·Demandado: -Ejército Nacional, Policia Nacional, Ministerio Del Interior, Ministerio De Defensa Nacional, Departamento Administrativo De La Presidencia De La República

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Bogotá, D.C., trece (13) de febrero de dos mil veintiséis (2026) Radicación: 05001-23-33-000-2017-00200-01 (67.779) Demandante: Dora Lina Tuberquia Zapata y otros Demandado: Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional y otros Referencia: Reparación directa Asunto: Aclaración de voto 1.

Estimo pertinente aclarar mi voto frente a lo decidido por la Subsección A de la Sección Tercera en la providencia del 30 de enero de 20261, pues en anterior oportunidad presenté salvamento respecto de la sentencia del 3 de diciembre de 20252 que se pidió adicionar. 2. El criterio que expresé sobre el presupuesto de la caducidad no es contradictorio con la decisión adoptada respecto de la solicitud de adición. No obstante mi desacuerdo con la postura mayoritaria, estimo que no se cumplen los supuestos que dan lugar a la complementación del fallo, en tanto no se omitió definir algún extremo de la litis y la valoración de las indemnizaciones se realizó en función de las pretensiones formuladas y lo probado en el proceso.

Así mismo, comparto el entendimiento de que la petición busca reabrir el debate probatorio y cuestionar lo decidido en la sentencia. Firmado electrónicamente JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Magistrado Nota: se deja constancia de que esta aclaración de voto se suscribe de forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.

Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai. VF 1 A través de la cual se negó la solicitud de adición de la sentencia del 3 de diciembre de 2025 formulada por la parte actora. 2 Con ponencia de la ex consejera de estado María Adriana Marín.