Micelio
11001031500020220291900Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección A)Auto interlocutorio2022-05-27

Radicación interna: 4699 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Jose Roberto Sachica Mendez

Actor: Lina Maria Rios Rendon·Demandado: Tribunal Administrativo De Antioquia

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: José Roberto Sáchica Méndez Bogotá, D.C., siete (7) de junio de dos mil veintidós (2022) Radicación: 11001-03-15-000-2022-02919-00 Accionante: Lina María Ríos Rendon Accionado: Tribunal Administrativo de Antioquia – Sala Cuarta de Oralidad Referencia: Acción de tutela – Admisión La señora Lina María Ríos Rendon interpuso demanda de tutela contra la Sala Cuarta de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia, con el fin obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia, igualdad y trabajo, presuntamente vulnerados por la autoridad judicial accionada, al proferir la sentencia del 26 de noviembre de 2021, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho (rad. 05001-33-33- 001-2016-00998-01) que promovió contra la E.S.E. Hospital General de Medellín Luz Castro de Gutiérrez.

Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:

PRIMERO: ADMITIR la demanda.

SEGUNDO: VINCULAR a la E.S.E. Hospital General de Medellín Luz Castro de Gutiérrez, como tercero interesado en el proceso.

TERCERO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.

CUARTO: REQUERIR al Juzgado Primero Administrativo Oral de Medellín para que remita, en calidad de préstamo, el expediente identificado con el radicado número 05001-33-33-001-2016-00998-00.

QUINTO: NOTIFICAR la presente decisión al Tribunal Administrativo de Antioquia – Sala Cuarta de Oralidad y a la E.S.E. Hospital General de Medellín Luz Castro de Gutiérrez. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a la dirección de correo electrónico reportada en su página web, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia, para que la primera, en el término de dos (2) días, rinda informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo y el tercero con interés haga uso de sus derechos de contradicción y defensa.

SEXTO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante a la dirección de correo electrónico reportada (linita.210@hotmail.com). Radicación: 11001-03-15-000-2022-02919-00 Accionante: Lina María Ríos Rendon Accionado: Tribunal Administrativo de Antioquia – Sala Cuarta de Oralidad Referencia: Acción de tutela – Admisión 2 SÉPTIMO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera procedente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE1 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ 1 VF Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.