Micelio
11001031500020230213400Consejo de Estado · Sección QuintaAuto interlocutorio2023-04-27

Radicación interna: 3345 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Carlos Enrique Moreno Rubio

Actor: Maria Del Carmen Ramos Reyes·Demandado: Tribunal Administrativo De Santander Y Otros

rr Demandante: María del Carmen Ramos Reyes Demandado: Tribunal Administrativo de Santander – Subsección de Descongestión de Asuntos Laborales Radicado: 11001-03-15-000-2023-02134-00 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Magistrado ponente: CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO Bogotá D.C., cuatro (4) de mayo de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-02134-00 Demandante: MARÍA DEL CARMEN RAMOS REYES Demandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDER – SUBSECCIÓN DE DESCONGESTIÓN DE ASUNTOS LABORALES AUTO ADMISORIO Mediante correo remitido el 27 de abril de 2023 a la Secretaría General del Consejo de Estado, la señora María del Carmen Ramos Reyes mediante apoderado judicial, interpuso acción de tutela contra el Tribunal Administrativo de Santander – Subsección de Descongestión de Asuntos Laborales, con el fin de que le sean protegidos sus derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la administración de justicia, a la igualdad, a la protección al ingreso mínimo vital, a la seguridad social en pensiones y la dignidad humana.

Sostuvo que dichas garantías les han sido vulneradas con ocasión de la providencia emitida el 2 de febrero de 2023 por parte del Tribunal Administrativo de Santander – Subsección de Descongestión de Asuntos Laborales, que confirmó el auto del 26 de julio de 2018, proferido por el Juzgado 2° Administrativo Oral del Circuito Judicial de San Gil, dentro del proceso ejecutivo iniciado por la actora en contra de la Nación – Ministerio de Educación -Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio - FOMAG.

El Consejo de Estado conoce de las acciones de tutela promovidas contra los Tribunales Administrativos según el artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015 "[p]or medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho", modificado por el artículo 1º del Decreto 333 de 2021, y como la aquí presentada lo es contra el Tribunal Administrativo de Santander - Subsección de Descongestión de Asuntos Laborales, es competente esta Sección para conocerla y fallarla.

Como la solicitud cumple con los requisitos que señala el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se: rr Demandante: María del Carmen Ramos Reyes Demandado: Tribunal Administrativo de Santander – Subsección de Descongestión de Asuntos Laborales Radicado: 11001-03-15-000-2023-02134-00 2 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co RESUELVE Primero: Admítese la acción de tutela interpuesta por la señora María del Carmen Ramos Reyes mediante apoderado judicial, contra el Tribunal Administrativo de Santander - Subsección de Descongestión de Asuntos Laborales.

Segundo: Notifíquese por el medio más expedito y eficaz a los magistrados que integran el Tribunal Administrativo de Santander - Subsección de Descongestión de Asuntos Laborales, quienes podrán contestar la presente tutela y allegar los documentos que pretendan hacer valer como prueba, dentro de los tres (3) días siguientes al recibo del respectivo oficio.

Tercero: Notifíquese por el medio más expedito y eficaz a la Nación – Ministerio de Educación -Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, a la Secretaría de Educación de Santander, al Juzgado 2° Administrativo Oral del Circuito Judicial de San Gil – Santander, a la Fiduciaria la Previsora, así como también al señor Luis Carlos Ruíz Ramos como terceros interesados en las resultas del proceso.

Cuarto: Ténganse como pruebas las aportadas por la parte actora con la presente acción de tutela, documentos que reposan en el Sistema de Gestión Judicial SAMAI. Quinto: Solicítese al Tribunal Administrativo de Santander - Subsección de Descongestión de Asuntos Laborales o al Juzgado 2° Administrativo Oral del Circuito Judicial de San Gil – Santander, alleguen vía electrónica el expediente 6867-93333-002-2016-00086-00/01 el cual corresponde al proceso ejecutivo indicado por la parte actora.

Sexto: Reconócese personería a la abogada Consuelo Toledo León para actuar como apoderada de la parte demandante, conforme al poder allegado. Séptimo: Notifíquese por el medio más expedito y eficaz esta decisión a la parte actora.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO Magistrado “Este documento fue firmado electrónicamente. Usted puede consultar la providencia oficial con el número de radicación en http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081”