Radicado: 11001-03-15-000-2023-01552-00 Demandante: Timoleón Salcedo Jiménez. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8086/Vistas/documentos/evalidador 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: MILTON CHAVES GARCÍA Bogotá D.C., veintinueve (29) de marzo de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-01552-00 Demandante: TIMOLEÓN SALCEDO JIMÉNEZ Demandado: CONSEJO DE ESTADO –SECCIÓN SEGUNDA- Y OTROS AUTO – INADMITE Al entrar a decidir sobre la admisibilidad de la acción de tutela, el Despacho advierte que el señor Timoleón Salcedo Jiménez, en nombre propio, interpuso acción de tutela contra el Consejo de Estado –Sección Segunda-, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca –Sección Segunda- y la Nación –Ministerio de Defensa Nacional-Caja de Retiro de las Fuerzas Militares-, sin embargo, del escrito no se puede establecer con claridad cómo dichas autoridades estarían atentando contra los derechos fundamentales que invoca.
Por lo anterior, se requerirá al señor Timoleón Salcedo Jiménez para que aclare y precise de manera concreta e individual, frente a cada autoridad, los hechos, las pretensiones y argumentos por los cuales considera que se están vulnerando los derechos fundamentales que invoca y allegue las providencias atacadas con la respetiva constancia de notificación. En consecuencia, se
RESUELVE
1. Inadmitir la acción de tutela interpuesta por el señor Timoleón Salcedo Jiménez. 2. Por Secretaría General, requerir al accionante para que aclare y precise de manera concreta e individual, frente a cada autoridad, los hechos, las pretensiones y argumentos por los cuales considera que se están vulnerando los derechos fundamentales que invoca y allegue las providencias atacadas con la respetiva constancia de notificación. Para el efecto, se encuentra habilitado el correo electrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co Término: dos (2) días.
Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MILTON CHAVES GARCÍA