CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Bogotá D.C., treinta y uno (31) de octubre de dos mil veintidós (2022) Radicación: 11001-03-15-000-2022-04695-00 Accionante: Fermín Bobadilla Lara Accionado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Tercera – Subsección A y otro Referencia: Impugnación de sentencia - Rechaza 1.
Según informe de la Secretaría General de esta Corporación1, el apoderado judicial del señor Fermín Bobadilla Lara presentó impugnación en contra de la sentencia de tutela de primera instancia, proferida el 7 de octubre de 2022 por la Subsección A de la Sección Tercera del Consejo de Estado, a través de la cual se decidió la solicitud de amparo. 2.
Mientras la referida providencia fue notificada a las partes vía correo electrónico el 20 de octubre de 20222, el memorial contentivo de la impugnación fue radicado en esta Corporación el 27 de octubre siguiente.3 3. De conformidad con el artículo 31 del Decreto 2591 de 1991 “por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política”, dentro de los tres días siguientes a su notificación, “el fallo podrá ser impugnado por el Defensor del Pueblo, el solicitante, la autoridad pública o el representante del órgano correspondiente, sin perjuicio de su cumplimiento inmediato” (Subrayas y negrillas no originales). 4.
En virtud de lo anterior, se advierte que la impugnación formulada por la parte actora resulta extemporánea, por cuanto no se radicó dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la providencia objeto de la misma. En efecto, el término para interponer la impugnación transcurrió los días 21, 24 y 25 de octubre de 2022. 5.
Además, no se advierte que se haya ofrecido ninguna razón que justifique interponer el recurso de impugnación fuera de término. Por consiguiente, el despacho rechazará el citado recurso por extemporáneo 6. En mérito de lo expuesto, 1 Remitido al despacho el 28 de octubre de 2022. 2 Soportes de notificación Nos. 110514, 110515, 110516, 110517, 110518 y 110519, disponibles en el aplicativo web SAMAI. 3 Según correo electrónico disponible en el aplicativo web SAMAI.
Radicación: 11001-03-15-000-2022-04695-00 Demandante: Fermín Bobadilla Lara Demandado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Tercera – Subsección A y otro Referencia: Impugnación de sentencia (Rechaza) R E S U E L V E:
PRIMERO. - RECHAZAR POR EXTEMPORÁNEA la impugnación presentada por el señor Fermín Bobadilla Lara en contra de la sentencia de tutela de primera instancia proferida el 7 de octubre de 2022, por la Sección Tercera, Subsección A del Consejo de Estado.
SEGUNDO. - NOTIFICAR la presente decisión a los interesados por el medio más expedito.
TERCERO. - ENVIAR esta actuación a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE4 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ 4VF Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo web SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.