CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN B Bogotá, D.C., veinticinco (25) de abril de dos mil veintitrés (2023). Radicado número: 11001-03-15-000-2023-01986-00 Accionante: Lineidy Trujillo Mona Accionado: Tribunal Administrativo del Huila Acción de Tutela Por reunir los requisitos contenidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admite la demanda que en ejercicio de la acción de tutela presenta la señora Lineidy Trujillo Mona, través de apoderado judicial, contra el Tribunal Administrativo del Huila.
Póngase en conocimiento de la autoridad accionada la admisión de la presente demanda de tutela haciéndole llegar copia de la misma, con el fin que rinda el informe señalado en el artículo 19 del Decreto 2591 de 1991, para lo cual se le otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación. Vincúlese, por tener interés en las resultas del proceso, a la Nación – Ministerio de Educación Nacional - Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio – FOMAG; a la Fiduciaria la Previsora S.A. y al Juzgado Segundo Administrativo de Neiva, haciéndoles llegar copia del escrito de tutela, para que efectúen las manifestaciones que considere pertinentes, para lo cual se les otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación. Por Secretaría General ofíciese al Juzgado Segundo Administrativo del Circuito Judicial de Neiva y al Tribunal Administrativo del Huila para que, en el término de dos (2) días contados a partir del recibo de la notificación, alleguen en medio Radicado Nº. 11001-03-15-000-2023-01986-00 Accionante: Lineidy Trujillo Mona 2 magnético, el expediente correspondiente al proceso de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado número: 41001-33-33-002-2022- 00033-01, demandante Lineidy Trujillo Mona.
Con el valor que les asigne la ley, téngase como prueba los documentos aportados con el escrito de tutela, los cuales serán apreciados en la oportunidad correspondiente. Reconózcase personería para actuar al abogado Yobany Alberto López Quintero, como apoderado de la señora Lineidy Trujillo Mona, en los términos y para los efectos señalados en el poder que obra en el expediente digital1.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE 1 Índice 2 SAMAI file:///C:/Users/%C2%B0User/Downloads/3_110010315000202301986002EXPEDIENTEDIGI20230424104318.pdf