Micelio
11001031500020230225000Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2023-05-03

Radicación interna: 3514 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Nubia Margoth Peña Garzon

Actor: Doris Elisa Gordillo Garces·Demandado: Consejo De Estado Seccion Segunda Subseccion A Y Otro

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., cinco (5) de mayo de dos mil veintitrés (2023) Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-02250-00 Referencia: Acción de tutela Actora: DORIS ELISA GORDILLO GARCÉS Asunto: Admite demanda AUTO INTERLOCUTORIO Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por la señora DORIS ELISA GORDILLO GARCÉS contra el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDER y la SECCIÓN SEGUNDA -SUBSECCIÓN “A”- DEL CONSEJO DE ESTADO, por estimar que le vulneraron sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, al haber proferido, respectivamente, las providencias de 21 de enero de 2021 y 7 de julio de 2022, dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con el número único de radicación 2019-00219-01.

En consecuencia, se dispone: 1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política". 2 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-02250-00 Actora: DORIS ELISA GORDILLO GARCÉS Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co a): Notifíquese a los magistrados del Tribunal Administrativo de Santander y de la Sección Segunda -Subsección “A”- del Consejo de Estado.

Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co b): Por tener interés directo en las resultas del proceso, vincúlese y notifíquese al DEPARTAMENTO DE SANTANDER - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, parte demandada dentro del proceso que dio origen a la presente acción. Remítaseles copia de la solicitud de tutela a los señores Gobernador y Secretario de Educación del Departamento de Santander, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co c): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que en derecho les corresponda, los documentos aportados por la actora con la solicitud de tutela. 3 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-02250-00 Actora: DORIS ELISA GORDILLO GARCÉS Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co d): Tiénese al doctor INOCENCIO MELÉNDEZ JULIO como apoderado especial de la actora, de conformidad con el poder obrante en el expediente. e): Ofíciese al Tribunal Administrativo de Santander para que remita, en el término de la distancia, con destino al proceso de la referencia, copia física o digital del expediente identificado con el número único de radicación 2019-00219-01, contentivo del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por la actora contra el DEPARTAMENTO DE SANTANDER - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, al correo electrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera