Micelio
11001031500020230078600Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección A)Auto interlocutorio2023-02-14

Radicación interna: 1168 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Gabriel Valbuena Hernandez

Actor: Julian Espinosa Marulanda·Demandado: Tribunal Administrativo Del Quindio

w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA - SUBSECCIÓN A CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Bogotá D.C., diecisiete (17) de febrero de dos mil veintitrés (2023). Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-00786-00 Accionante: JULIÁN ESPINOSA MARULANDA Accionado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL QUINDÍO AUTO ADMISORIO Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por el señor Julián Espinosa Marulanda, por conducto de apoderado, en contra del Tribunal Administrativo del Quindío, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, seguridad social, igualdad y acceso a la administración de justicia, ocurrida con ocasión de la expedición de la providencia del 2 de febrero de 2023, proferida en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado núm. 63001- 33-33-006-2022-00071-02.

TÉNGANSE como pruebas las aportadas con el escrito de tutela.

NOTIFÍQUESE al Tribunal Administrativo del Quindío como accionado y al municipio de Armenia y a la Nación - Ministerio de Educación Nacional - Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio - FOMAG- como terceros interesados en las resultas del proceso. Asimismo,

NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso. ACC IÓN D E T UTEL A Radicado: 11001-03-15-000-2023-00786-00 Accionante: Julián Espinosa Marulanda w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 2 REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días, contados a partir de la notificación de la presente providencia. REQUIÉRASE al Juzgado Sexto Administrativo del Circuito Judicial de Armenia para que allegue copia en medio magnético o el respectivo link de acceso al expediente del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado núm. 63001-33-33-006-2022-00071-02, donde figura como demandante el señor Julián Espinosa Marulanda.

Se RECONOCE PERSONERÍA al abogado Yobany Alberto López Quintero con tarjeta profesional n.º 112.907 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte demandante, en los términos y para los fines conferidos en el poder especial obrante en el expediente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Consejero de Estado