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23001233300020240011301Consejo de Estado · Sección PrimeraAclaración voto2024-10-17

Radicación interna: 958 · LEY 1437 PERDIDA DE INVESTIDURA

Ponente: Hernando Sanchez Sanchez

Actor: Neil Dario Pacheco Noble·Demandado: Fray Domingo Monterroza Jaramillo

Radicación: 23001 23 33 000 2024 00113 01 Solicitante: Neil Darío Pacheco Noble CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., once (11) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: PÉRDIDA DE INVESTIDURA Radicación: 23001 23 33 000 2024 00113 01 Solicitante: NEIL DARÍO PACHECO NOBLE Acusada: FRAY DOMINGO MONTERROSA JARAMILLO ACLARACIÓN DE VOTO De manera respetuosa expongo las razones por las cuales aclaro mi voto frente a lo resuelto por la Sala en la sentencia proferida el 14 de noviembre de 2024 que resolvió: (i) declarar de oficio la excepción de cosa juzgada parcial en lo relacionado con el elemento objetivo de la pérdida de investidura, y, en consecuencia, dispuso estarse a lo resuelto en la sentencia del 29 de agosto de 2024 proferida por la Sección Primera del Consejo de Estado, proceso con radicado nro. 2024 00082 01, en lo concerniente con el artículo 53 del Acuerdo Municipal nro. 10 de 2021, y, (ii) confirmar la decisión de primera instancia del 13 de septiembre de 2024 proferida por el Tribunal Administrativo de Córdoba que negó la pérdida de investidura en relación con el artículo 52 del Acuerdo Municipal nro. 10 de 2021.

Lo anterior, por cuanto, si bien comparto la decisión de declarar la excepción de cosa juzgada frente a lo resuelto en el proceso nro. 2024 00082 01 y negar la solicitud de pérdida por cuanto no está configurada la causal de conflicto de intereses por el hecho del concejal haber participado y votado el artículo 52 del Acuerdo Municipal nro. 10 de 2021, mi aclaración de voto radica en que en el proceso con el nro. 2024 00082 01, salvé el voto frente a la decidido por la Sección en la sentencia del 29 de agosto de 2024, puesto que, a diferencia de la posición mayoritaria, Radicación: 23001 23 33 000 2024 00113 01 Solicitante: Neil Darío Pacheco Noble señalé que la causal de conflicto de intereses sí estaba configurada, porque el artículo 53 del Acuerdo Municipal nro. 10 de 2021 sí beneficiaba a los parientes del concejal acusado.

En estos términos dejo expuesto mi aclaración de voto. Fecha ut supra, OSWALDO GIRALDO LÓPEZ Consejero de Estado CONSTANCIA: La presente aclaración de voto fue firmado electrónicamente en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.