Micelio
11001031500020250601900Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección A)Aclaración voto2025-09-25

Radicación interna: 9530 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Fernando Alexei Pardo Florez

Actor: Julio Cesar Casamachin·Demandado: Consejo Superior De La Judicatura - Registro Nacional De Abogados

1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A Consejero JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Radicación: 11001-03-15-000-2025-06019-00 Accionante: Julio César Casamachin Accionado: Consejo Superior de la Judicatura – Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia y otro Referencia: Acción de tutela (sentencia de primera instancia) Asunto: Aclaración de Voto 1.

Aunque comparto la decisión de no acceder al amparo, estimo que no debió estudiarse de fondo la tutela, sino declarar su improcedencia al no acreditarse el presupuesto de subsidiariedad. 2. La Sala mayoritaria dio por superado ese requisito de procedencia sobre la base de que el accionante es un sujeto de especial protección, pero no reparó en la existencia de otro mecanismo judicial de defensa, como lo es el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho. 3.

Si bien las condiciones especiales de vulnerabilidad del accionante suponen su consideración en el estudio de la solicitud de amparo, aquellas no eximen per se del estudio de subsidiariedad. En el caso concreto la discapacidad del señor Casamachin no define la idoneidad y eficacia de los recursos judiciales ordinarios disponibles, ni se acredita la posibilidad de que se configure un perjuicio irremediable. 4.

Igualmente, discrepo de las referencias realizadas sobre "el modelo social de discapacidad y los ajustes razonables para una educación inclusiva", pues la discusión no gira en torno a barreras en el sistema educativo, sino a un examen de idoneidad profesional. Fecha ut supra. FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE1 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Nota: se deja constancia de que este documento se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.

Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai. 1 VF