Radicado: 11001-03-15-000-2023-06795-00 Accionante: José Leonardo Suárez Ramírez Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., nueve (9) de noviembre de dos mil veintitrés (2023) Expediente: 11001-03-15-000-2023-06795-00 Accionante: JOSÉ LEONARDO SUÁREZ RAMÍREZ Accionado: COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL ACCIÓN DE TUTELA – ADMITE Por correo electrónico del 7 de noviembre de 20231, la Oficina de Apoyo de los Juzgados Administrativos de Bogotá remitió2 a la Secretaría General de esta Corporación, la acción de tutela interpuesta por el señor José Leonardo Suárez Ramírez en contra de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, solicitando se ampare su derecho fundamental de acceso efectivo a la administración de justicia. Estima que el citado derecho le fue conculcado debido a que el 17 de octubre de 2023 interpuso una queja disciplinaria en contra del magistrado de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Caquetá, Manuel Enrique Flórez, por irregularidades en el manejo del expediente digital radicado con el nro. 18001 11 02 002 2020 00024, sin que a la fecha haya sido repartida y asignada. 1 Visto en el índice 2 de la Sede Electrónica para la Gestión Judicial del proceso con radicado nro. 11001 03 15 000 2023 06795 00.
El expediente ingresó al despacho el 8 de noviembre de 2023. 2 En cumplimiento del auto proferido el 3 de noviembre de 2023 por el Juzgado Cincuenta y Seis Administrativo de Bogotá D.C., que ordenó remitir por competencia la acción de tutela a esta Corporación. Visto en el índice 2 de la Sede Electrónica para la Gestión Judicial del proceso con radicado nro. 11001 03 15 000 2023 06795 00.
Radicado: 11001-03-15-000-2023-06795-00 Accionante: José Leonardo Suárez Ramírez Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2 Solicitud de pruebas En el acápite de pruebas del escrito de tutela el accionante pidió: “[…] Solicito respetuosamente se pida a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial el radicado de la Queja formulada y el Magistrado Instructor del caso […]”.
Al respecto, el despacho considera que hay lugar a decretar la prueba solicitada por el actor y, en consecuencia: -) Por Secretaría, ofíciese a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial para que en el término de tres (3) días siguientes al recibo del respectivo oficio, informe sobre el trámite impartido a la queja presentada vía electrónica por el señor José Leonardo Suárez Ramírez el 17 de octubre de 2023. -) Así mismo, se requerirá al actor para que en el término de tres (3) días siguientes al recibo del respectivo oficio, allegue la constancia que dé cuenta que remitió el 17 de octubre de 2023 a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial la queja a la que hace referencia. Por lo expuesto, dado que la solicitud cumple con los requisitos previstos por el artículo 14 del Decreto Ley 2591 de 1991 será admitida.
Por lo expuesto, el despacho en Sala Unitaria, RESUELVE Primero. Admitir la acción de tutela interpuesta por el señor José Leonardo Suárez Ramírez en contra de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. Segundo. Notificar por el medio más expedito y eficaz a los magistrados que integran la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, con el fin de que rindan un informe de la presente tutela y alleguen los documentos que Radicado: 11001-03-15-000-2023-06795-00 Accionante: José Leonardo Suárez Ramírez Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 3 pretendan hacer valer como pruebas, dentro de los tres (3) días siguientes al recibo del respectivo oficio.
Tercero. Por Secretaría, ofíciese a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial para que en el término de tres (3) días siguientes al recibo del respectivo oficio, informe sobre el trámite impartido a la queja que afirma presentó vía electrónica el señor José Leonardo Suárez Ramírez el 17 de octubre de 2023. Cuarto. Requerir al actor para que en el término de tres (3) días siguientes al recibo del respectivo oficio, allegue la constancia que dé cuenta de la remisión de la queja el 17 de octubre de 2023 a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.
Quinto. Notificar por el medio más expedito y eficaz esta decisión a la parte actora.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, OSWALDO GIRALDO LÓPEZ Consejero de Estado CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.