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11001031500020240002600Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección A)Aclaración voto2024-01-11

Radicación interna: 29 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Fernando Alexei Pardo Florez

Actor: Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio - Fomag·Demandado: Tribunal Administrativo Del Valle Del Cauca

1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A Consejero JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Radicación: 11001-03-15-000-2024-00026-00 Accionante: Nación - Ministerio de Educación Nacional – Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio Accionado: Tribunal Administrativo del Valle del Cauca Referencia: Acción de tutela (sentencia de primera instancia) Asunto: Aclaración de Voto La razón que me llevó a aclarar el voto en el presente caso es que si bien comparto la decisión de no acceder al amparo, considero que lo adecuado era declarar la improcedencia de la tutela, en lugar de negarla.

En su demanda, el Fomag cuestiona el supuesto desconocimiento de una sentencia de unificación, que fue posterior a la providencia censurada. Como lo expuso la Subsección en un caso anterior 1, carece de relevancia constitucional cualquier pretensión orientada a reprochar la inobservancia de un precedente inexistente al momento de adoptar la decisión. Fecha ut supra.

FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE2 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Nota: se deja constancia de que este documento se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.

Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai. 1 Sentencia del 19 de febrero de 2024. Proceso 11001-03-15-000-2024-00091-00.

CP José Roberto Sáchica Méndez. 2 VF