Demandante: Mildred Tatiana Ramos Sánchez Demandada: Kandya Gisella Obezo Casseres, consejera de Relaciones Exteriores, adscrita al consulado de Colombia en Washington, Estados Unidos de América Radicado: 25000-23-41-000-2023-01516-01 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Referencia: NULIDAD ELECTORAL Radicado: 25000-23-41-000-2023-01516-01 Demandante: Mildred Tatiana Ramos Sánchez Demandado: Kandya Gisella Obezo Casseres como consejera de relaciones exteriores, adscrita al consulado general de Colombia en Washington, Estados Unidos.
ACLARACIÓN DE VOTO Con el acostumbrado respeto por la posición mayoritaria de la Sala, manifiesto que, comparto la decisión de revocar la sentencia de primera instancia y, en su lugar, declarar la nulidad del Decreto 600 de 29 de septiembre de 2023, a través del cual, se designó en provisionalidad a la señora Kandya Gisella Obezo Casseres como consejera de relaciones exteriores, adscrita al consulado general de Colombia en Washington, Estados Unidos, sin embargo, estimo conveniente realizar la siguiente presión: Considero que, en este caso, el análisis debió recaer únicamente en las situaciones administrativas de los funcionarios de carrera Libardo Ospina Pinto, Santiago Ávila Vanegas, Miguel Darío Clavijo Mccormick, Diana Catalina Dávila Suarez, Luis Fernando Ricardo Restrepo, Lina María Otalora Muñoz, Diana Carolina Moya Mancipe, Nicolás Botero Varón y Ana Laura Acosta Orjuela, con las cuales era suficiente para declarar la nulidad del acto acusado, en consideración a que el recurso de apelación únicamente trató sobre esos servidores.
Cabe recordar que a la luz de los artículos 320 y 328 del Código General del Proceso, la segunda instancia debe limitarse a los argumentos expuestos en el escrito de alzada. En estos términos dejo expuesta mi aclaración de voto. Fecha ut supra OMAR JOAQUÍN BARRETO SUÁREZ Magistrado Este documento fue firmado electrónicamente. Usted puede consultar la providencia oficial con el número de radicación en https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/Casos/procesos.aspx”