Micelio
05001233300020150004901Consejo de Estado · Sección CuartaAclaración voto2018-05-18

Radicación interna: 24751 · LEY 1437 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

Ponente: Julio Roberto Piza Rodriguez

Actor: Corporacion Deportiva Ciudad De Itagui·Demandado: Unidad Administrativa Especial De Gestion Pensional Y Contribuciones Parafiscales De La Proteccion S

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador 1 CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Referencia: Nulidad y Restablecimiento del Derecho Radicación: 05001-23-33-000-2015-00049-01 (24751) Demandante: CORPORACIÓN DEPORTIVA CIUDAD DE ITAGÜÍ Demandado: UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL UGPP ACLARACIÓN DE VOTO DEL CONSEJERO MILTON CHAVES GARCÍA A LA SENTENCIA DEL 31 DE MARZO DE 2022, C.P. JULIO ROBERTO PIZA RODRÍGUEZ Reconociendo la decisión mayoritaria, aclaro mi voto para llamar la atención de la Sala de la necesidad de que en las sentencias que resuelven controversias relacionadas con las contribuciones a la protección social no se ordene a la UGPP que realice liquidaciones posteriores a la providencia, sino que se haga uso de la facultad otorgada por el artículo 187 del CPACA y en el fallo se fijen las nuevas disposiciones que reemplacen las anuladas, para el adecuado restablecimiento del derecho.

En los anteriores términos dejo expresadas las razones de mi aclaración de voto. (Con firma electrónica) MILTON CHAVES GARCÍA