CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO AMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de enero de dos mil veintidós (2022) Número único de radicación: 11001-03-15-000-2021-10600-00 Referencia: Acción de tutela Actores: NONATO DE LA CRUZ VARGAS SÁNCHEZ Y OTROS Asunto: Admite demanda AUTO INTERLOCUTORIO Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911 y teniendo en cuenta lo dispuesto en Acuerdo núm. 80 de 12 de marzo de 20192, se admite la acción de tutela presentada por los señores NONATO DE LA CRUZ, AMELIA DEL SOCORRO, JULIO ENRIQUE, HERIBERTO ANTONIO, HERNÁN DARÍO, MYRIAM FANNY y MARÍA BERENICE VARGAS SÁNCHEZ, MARINE HAYDÉ ZAPATA PELÁEZ, DIEGO ALFONSO y EMMA RUTH VARGAS ZAPATA y GILBERTO EVERGISTO VARGAS MONTOYA, contra la SECCIÓN TERCERA -SUBSECCIÓN “C”- DEL CONSEJO DE ESTADO, por estimar que les vulneraron sus derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la administración de justicia, a la igualdad y a la reparación integral, al 1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política". 2 “Expedir el Reglamento Interno del Consejo de Estado, así: […]”. 2 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2021-10600-00 Actores: NONATO DE LA CRUZ VARGAS SÁNCHEZ Y OTROS Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co haber proferido la providencia de 11 de noviembre de 2020, dentro de la acción de reparación directa identificada con el número único de radicación 2002-04699-01.
En consecuencia, se dispone: a): Notifíquese a los magistrados de la Sección Tercera -Subsección “C”- del Consejo de Estado. Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co b): Por tener interés directo en las resultas del proceso, vincúlense y notifíquese a la NACIÓN - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO, al CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, a la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL y a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, parte demandada dentro del proceso que dio origen a la presente acción. Asimismo, a la SALA CUARTA DE DESCONGESTIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA, que conoció en primera instancia del proceso en mención. Remítaseles copia de la solicitud de tutela al señor Ministro de Justicia y del Derecho, al Director Ejécutivo de Administración Judicial, al Fiscal General de la Nación y a los magistrados de la Sala Administrativa del Consejo Superior de 3 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2021-10600-00 Actores: NONATO DE LA CRUZ VARGAS SÁNCHEZ Y OTROS Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co la Judicatura y de la Sala Cuarta de Descongestión del Tribunal Administrativo de Antioquia, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co c): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que les corresponda en derecho, los documentos aportados por la parte actora con la solicitud de tutela. d): Tiénese al doctor JAVIER LEONIDAS VILLEGAS POSADA como apoderado especial de la parte demandante, de conformidad con los poderes obrantes en el expediente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera