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81001233100020090003901Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Aclaración voto2014-09-23

Radicación interna: 52300 · ACCION CONTRACTUAL

Ponente: Fredy Hernando Ibarra Martinez

Actor: Construcciones Y Suministros La Voragine·Demandado: Gobernación De Arauca, A Empresa Municipal De Servicios Publicos De Arauca - Emserpa

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: Fredy Ibarra Martínez Referencia: Acción de controversias contractuales Radicación: 81001-23-33-000-2009-00039-01 (52300) Demandante: Construcciones y Suministros la Vorágine Ltda. Demandado: Municipio de Arauca y Empresa de Servicios Públicos de Arauca Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata Comparto la decisión, porque de la conducta contractual de la empresa de servicios públicos es posible concluir que hubo una modificación del contrato.

Sin embargo, considero que el razonamiento no debió hacerse con la figura de mayores cantidades de obra, propia de la Ley 80 de 1993, pues el régimen del contrato es el derecho privado. Como lo ha afirmado esta Subsección1 respecto de los actos y contratos de las empresas de servicios públicos: “debe retomarse y dársele valor real al mensaje del legislador de 1994, esto es, debe tomarse en serio el régimen jurídico aplicable”.

Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA Magistrado 1 Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B. Sentencia de 19 de junio de 2019, exp. 39800.