Micelio
11001031500020240107900Consejo de Estado · Sala especial de decisiónAclaración voto2024-03-05

Radicación interna: 1694 · RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION

Ponente: Milton Chaves Garcia

Actor: Henry Mendoza Rivera·Demandado: Providencia Del 7 De Julio De 2022, Proferida Por El Consejo De Estado Seccion Segunda Subseccion B

Calle 12 No. 7 – 65 – Tel: (57-1) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA ESPECIAL DE DECISIÓN N.° 22 Bogotá, D.C., ocho (8) de julio de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN Radicación: 11001 03 15 000 2024 01079 00 Demandante: Henry Mendoza Rivera Temas: Aclaración de voto ACLARACIÓN DE VOTO __________________________________________________________________ El 24 de junio de 2024, esta Sala Especial de Decisión profirió auto en el que se declaró infundado el impedimento manifestado por el magistrado Fernando Alexei Pardo Flórez para conocer el proceso de la referencia. Ahora bien, aclaro mi voto en el sentido de precisar que la razón principal por la cual acompaño dicha decisión obedece a que en el presente caso se pretende cuestionar una providencia del Consejo de Estado y no reabrir el debate de nulidad y restablecimiento del derecho contra los actos expedidos por la Universidad Nacional.

De manera que el vínculo del Dr. Pardo Flórez con ese claustro no tiene la suficiencia para comprometer su serenidad de ánimo u objetividad al momento de resolver el sub lite, máxime cuando el recurso extraordinario de revisión no constituye una tercera instancia del proceso de ordinario en el que fue demandada la mencionada Universidad. 2 Radicación: 11001 03 15 000 2024 01079 00 Demandante: Henry Mendoza Rivera En los anteriores términos dejo expuestos los motivos que sustentan mi aclaración de voto frente al auto del 24 de junio de 2024, proferido por esta Sala Especial de Decisión dentro del proceso de la referencia. cgg