REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B Bogotá DC, (2) de agosto de dos mil veinticuatro (2024). Magistrado ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Expediente: 05001-23-31-000-2009-00778-01 (59.331) Demandante: RICARDO ANDRÉS SIERRA FERNÁNDEZ Demandados: NACIÓN – MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Y OTRO Medio de control: REPARACIÓN DIRECTA ACLARACIÓN DE VOTO Aunque comparto la decisión de fondo proferida por la Sala aclaro mi voto, porque, considero que no se demostró la existencia del daño antijurídico y tratándose de las pretensiones elevadas en contra de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada se debió declarar la indebida escogencia de la acción de reparación directa.
En efecto, si bien el demandante tanto en la demanda como en el recurso de apelación manifestó que no cuestionaba la legalidad de los actos administrativos dictados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, una revisión integral a la demanda da cuenta que sí presentó reparos frente a los mismos en la medida que manifestó su inconformidad con el procedimiento que dio lugar a la expedición de aquellos e indicó que la demandada cometió arbitrariedades, lo cual es propio de un análisis de legalidad que corresponde a la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, asimismo, no se debió realizar ninguna alusión a quien se encontraba legitimado para solicitar la nulidad de los actos dictados por dicha entidad, pues, dicho análisis solo le corresponde al juez de la nulidad.
FREDY IBARRA MARTÍNEZ Magistrado (firmado electrónicamente) Constancia. la presente aclaración de voto fue firmada electrónicamente por el magistrado en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 2 de la Ley 2213 de 2022.