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11001031500020230435100Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección B)Auto interlocutorio2023-08-15

Radicación interna: 6945 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Juan Enrique Bedoya Escobar

Actor: Leydi Hoana Castellanos Calvo·Demandado: Tribunal Administrativo De Santander Y Otros

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN B Bogotá D.C., dieciocho (18) de agosto de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-04351-00 Demandante: Leydi Hoana Castellanos Calvo Demandado: Tribunal Administrativo de Santander AUTO QUE ADMITE Se encuentra el proceso al despacho para decidir sobre la posibilidad de admitir la solicitud de amparo constitucional presentada por Leydi Hoana Castellanos Calvo por la presunta vulneración de su derecho y garantía fundamental al debido proceso, con ocasión de la sentencia proferida el 18 de mayo de 2023 por el Tribunal Administrativo de Santander, en el expediente de nulidad y restablecimiento del derecho 68679333300320170001901 Revisada la solicitud de la referencia, el despacho considera que cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 14 del Decreto 2591 de 1991 y 1 del Decreto 333 de 2021.

En consecuencia, Resuelve Primero. Admitir la solicitud de tutela instaurada por Leydi Hoana Castellanos Calvo contra el Tribunal Administrativo de Santander. Segundo. En calidad de terceros con interés, vincular a la presente solicitud de tutela, al municipio y a la Dirección de Tránsito y Transporte de Barbosa; y al Juzgado Tercero Administrativo del Circuito Judicial de San Gil.

Tercero. Por la Secretaría General de la corporación: • Notificar, por el medio más expedito y a la mayor brevedad, a la autoridad demandada de la admisión de la presente solicitud de amparo, para lo cual deberá hacerle llegar copia de esta, para que, si a bien lo tiene, dentro de los 2 días siguientes al recibo de la notificación de esta providencia rinda informe sobre los hechos planteados.

Expediente: 110010315000-2023-04351-00 Demandante: Leydi Hoana Castellanos Calvo 2 • Notificar, por el medio más expedito y a la mayor brevedad, a los terceros con interés. • Requerir al Juzgado Tercero Administrativo del Circuito Judicial de San Gil y al Tribunal Administrativo de Santander, para que, en el improrrogable término de 2 días, contados a partir del recibo de la notificación, alleguen en medio magnético el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho 68679333300320170001900/01 instaurado por Leydi Hoana Castellanos Calvo, en contra de la Dirección de Tránsito y Transporte de Barbosa.

Cuarto. Tener como pruebas los documentos allegados con el escrito de tutela. Notifíquese y Cúmplase JUAN ENRIQUE BEDOYA ESCOBAR Firmado electrónicamente Se deja constancia de que esta providencia se firma en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema valida la integridad y autenticidad del presente documento en el link http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador