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11001031500020230719802Consejo de Estado · Sección CuartaAuto interlocutorio2024-02-28

Radicación interna: 1503 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Wilson Ramos Girón

Actor: Karen Julieth Rozo Triviño·Demandado: Presidencia De La Republica Y Otros

Radicado: 11001-03-15-000-2023-07198-02 Demandante: Karen Julieth Rozo Triviño Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: WILSON RAMOS GIRÓN Bogotá D.C., 9 de septiembre de 2024 Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-07198-02 Demandante: Karen Julieth Rozo Triviño Demandados: Presidencia de la Republica y otros Auto: Estarse a lo resuelto El 26 de junio de 2024 la directora técnica de registro y de gestión de la información de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas pidió:

PRIMERO: REVÓQUESE y/o INAPLIQUESE la sanción impuesta a la Doctora ANDREA NATHALIA ROMERO FIGUEROA MULTA POR EL VALOR DE UN (01) SALARIO MINIMO LEGAL MENSUAL VIGENTE.

SEGUNDO: Declárese cumplido el fallo de tutela y archívese el mismo. El 9 de agosto de 2024, el Despacho resolvió no dar trámite a la solitud de inaplicación de la sanción, debido a que el auto que había impuesto la sanción y que se pedía inaplicar, había sido revocado por el Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C, con providencia del 28 de junio de 2024, al estimar que la orden de tutela se había satisfecho.

Adicionalmente, ordenó que, por Secretaría General del Consejo de Estado, se archivara el incidente de desacato de la referencia. El 21, 26 y 31 de agosto de 2024, la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas pidió nuevamente << Declárese cumplido el fallo de tutela y archívese el mismo>>. En ese orden, el Despacho ordenará estarse a lo resuelto en auto del 9 de agosto de 2024, que tuvo por satisfechos la orden de tutela y ordenó el archivo del incidente de la referencia. Por lo anterior, el Despacho RESUELVE Estese a lo resuelto en auto del 9 de agosto de 2024, por las razones expuestas en esta providencia. Notifíquese, (Firmado electrónicamente) WILSON RAMOS GIRÓN