CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Bogotá D.C., veintisiete (27) de marzo de dos mil veintitrés (2023) Radicación número: 11001-03-15-000-2023-01354-00 Solicitante: Oscar Fernando Quintero Autoridad: Tribunal Superior de Manizales Asunto: Acción de tutela TUTELA-Contenido de la solicitud.
TUTELA-Requiere al solicitante para que aclare la solicitud. El 14 de marzo de 2023, Óscar Fernando Quintero Mesa formuló acción de tutela contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales y la Juez Violeta Salazar Montenegro por la supuesta vulneración de sus derechos fundamentales ante la falta de respuesta a una petición. 1.
El artículo 14 del Decreto 2591 prevé que la solicitud de tutela debe indicar, con la mayor claridad posible, la acción o la omisión que la motiva, el derecho que se considera violado o amenazado, el nombre de la autoridad, si fuere posible, o del órgano autor de la amenaza o del agravio y la descripción de las demás circunstancias relevantes para decidirla.
A su vez, el artículo 17 dispone que si la solicitud no permite determinar el hecho o la razón que la motiva, se prevendrá al solicitante para que la corrija en el término de tres días. La providencia que así lo ordene debe señalar los aspectos concretos de subsanación de la solicitud. Si el solicitante no corrige la petición de amparo, procede su rechazo de plano. 2.
La solicitud no determina de manera clara la acción o la omisión que la motiva. Tampoco da certeza sobre la amenaza o agravio que se pretende conjurar ni concreta la orden de tutela que se persigue. Se dirige contra varias autoridades, pero no señala los aspectos concretos por los que se pide el amparo respecto de cada una de ellas y tampoco aportó copia de la petición que dirigió a las autoridades.
Además, el solicitante manifestó que actúa como agente oficioso de Daniel Iván Quiñonez Delgado y su grupo familiar y no especificó las razones por las cuales actúa en dicha calidad. Si bien la tutela tiene un carácter informal, la falta de claridad de la solicitud y la imprecisión en los motivos de la protección impide al Despacho tramitar la petición. 2 Expediente n°. 11001-03-15-000-2023-01354 Solicitante: Óscar Fernando Quintero Mesa Devuelve solicitud de tutela Por ello, se devolverá el escrito al solicitante y se le prevendrá para que corrija los defectos anotados, so pena de rechazo de plano. En consecuencia, se resuelve: DEVUÉLVASE la solicitud de tutela a Óscar Fernando Quintero Mesa para que, en el término de tres (3) días, la corrija, en los precisos términos que indica la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: PREVÉNGASE al interesado para que corrija la solicitud, so pena del rechazo de plano, de conformidad con el artículo 17 del Decreto 2591 de 1991.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE SAM/MCS