CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO – ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A Bogotá D. C., diez (10) de marzo de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001 03 15 000 2023 00793 00 Accionantes: Juan Carlos Peralta Accionado: Tribunal Administrativo de Santander Derechos: Debido proceso y petición AUTO El 17 de febrero de 2023, mediante auto notificado el 27 de igual mes y año, se inadmitió la acción de tutela de la referencia y se dispuso lo siguiente: […] Al realizarse la revisión del expediente para determinar su admisión, se observa que falta el requisito previsto en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991 […] Adicionalmente, se advierte que la parte actora no identificó la causal o causales específicas de procedencia de la acción de tutela en contra de providencias judiciales, en las que considera que incurrió el accionado, al proferir la sentencia objeto de la discusión. […] El 27 de febrero del año en curso, se atendió el requerimiento, a través de memorial aclaratorio.1 En vista de lo precedente, se admite la acción de tutela de la referencia y se ordena lo siguiente: 1 Allegados el 27 de febrero de 2023, de acuerdo con el índice 8 de Samai 2 Radicado: 11001 03 15 000 2023 00793 00 Accionante: Juan Carlos Peralta Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Primero. Notificar, como demandados, a los magistrados del Tribunal Administrativo de Santander, quienes conocieron del proceso de acción de cumplimiento que se tramitó con el radicado 68081 33 33 002 2022 00271 01, y que da origen al presente trámite constitucional.
Segundo. Notificar, como terceros con interés, al Distrito Especial, Portuario, Industrial, Turístico y Biodiverso de Barrancabermeja e iluminación Yariguies S.A, quienes fungieron como demandados, y al Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Barrancabermeja, quien profirió la sentencia de primera instancia en el proceso de acción de cumplimiento que se tramitó con el radicado 68081 33 33 002 2022 00271 01.
Tercero. Requerir al Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Barrancabermeja, para que envíe, con destino a este despacho, copia digital del expediente de acción de cumplimiento que se tramitó con el radicado 68081 33 33 002 2022 00271 01, en el que actuaron, en calidad de demandante, el señor Juan Carlos Peralta, y como demandados al Distrito Especial, Portuario, Industrial, Turístico y Biodiverso de Barrancabermeja e iluminación Yariguies S.A. Cuarto. Remitir copia de la solicitud de tutela a la parte demandada y a los terceros interesados, para que procedan a ejercer su derecho de defensa, si a bien lo tienen, y rindan el respectivo informe dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la presente providencia. Notifíquese y cúmplase, LVGV