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73001233300020190017601Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección C)Auto interlocutorio2022-02-09

Radicación interna: 68035 · LEY 1437 REPARACION DIRECTA

Ponente: William Edgardo Barrera Muñoz

Actor: Infibague·Demandado: Instituto Nacional De Vias - Invias

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Bogotá D.C., diecisiete (17) de junio de dos mil veintidós (2022) Número interno: 68.035 Radicación: 73001-23-33-000-2019-00176-01 Demandante: Instituto de Financiamiento, Promoción y Desarrollo de Ibagué-INFIBAGUÉ Demandado: Instituto Nacional de Vías-INVÍAS.

Asunto: Reparación directa APELACIÓN DE SENTENCIA CPACA-Admisión Ley 2080 de 2021. APELACIÓN DE SENTENCIA CPACA-El expediente ingresa para fallo si no se solicitan pruebas en segunda instancia. ADMÍTESE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del 18 de noviembre de 2021, proferida por el Tribunal Administrativo de Tolima, de conformidad con el artículo 247 CPACA, modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021.

Como no se solicitaron pruebas en el recurso de apelación, ejecutoriado el auto, INGRÉSESE el expediente para fallo, a menos que alguna de las partes solicite pruebas durante la ejecutoria, de conformidad con el artículo 247 CPACA, modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021.

NOTIFÍQUESE personalmente al Ministerio Público y por estado a las demás partes. GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE FGC/HDN