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11001031500020230081100Consejo de Estado · Sección CuartaAuto interlocutorio2023-02-15

Radicación interna: 1202 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Myriam Stella Gutierrez Arguello

Actor: Roiber Humberto Gutierrez Montero·Demandado: Nacion - Ministerio De Defensa - Ejercito Nacional - Direccion De Sanidad

Radicado: 11001-03-15-000-2023-00811-00 Demandante: Roiber Humberto Gutiérrez Montero Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERA PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, veintiuno (21) de febrero de dos mil veintitrés (2023) Referencia Acción de tutela Radicado 11001-03-15-000-2023-00811-00 Demandante ROIBER HUMBERTO GUTIÉRREZ MONTERO Demandado NACIÓN, MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, EJÉRCITO NACIONAL, DIRECCIÓN DE SANIDAD ASUNTO AUTO QUE REMITE POR REGLAS DE REPARTO El Decreto 333 de 2021, por el cual se modifican las reglas de reparto de las acciones de tutela, estableció que (ii) Las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden nacional serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Jueces del Circuito o con igual categoría. Al estudiar el expediente se advierte que la parte accionada es la “NACION, MINISTERIO DE DEFENSA, DIRECCION DE SANIDAD EJERCITO NACIONAL DE COLOMBIA” (sic), pues el demandante argumenta la posible vulneración de su derecho a la igualdad, a la salud, a la vida, entre otros, en razón a la valoración y los conceptos que rindió la junta medica laboral en su caso.

Por consiguiente, el señor Roiber Humberto Gutiérrez Montero es claro en la narración de los hechos y pretensiones, al señalar que lo discutido es la inconformidad con los conceptos médicos que se han rendido durante los últimos años. Caso que por reparto le corresponde a los Juzgados del Circuito. En consecuencia, remítase inmediatamente el expediente de la referencia a los Juzgados Administrativos de Bogotá, para que se surta su proceso de reparto y se profiera el respectivo fallo en la acción de tutela instaurada por el señor Roiber Humberto Gutiérrez Montero.

Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO