CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., veintinueve (29) de septiembre de dos mil veintitrés (2023) Referencia: MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Número único de radicación: 11001-03-24-000-2023-00192-00 Actora: MIREYA ESCOBAR VELA Asunto: Rechaza demanda. AUTO INTERLOCUTORIO El Despacho, mediante auto de 11 de agosto de 2023, le concedió a la parte actora un término de diez (10) días para que corrigiera la demanda en el sentido de designar correctamente a la parte demandada, informar la dirección física y/o canal digital en el que recibiría las notificaciones personales y las de las entidades demandadas, señalar los hechos y omisiones que sirven de fundamento a las pretensiones, debidamente determinados, clasificados y numerados y acreditar haber remitido por medio electrónico copia de la demanda a la contraparte, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 1, 3, 71 y 82 del artículo 162.
Durante el término concedido, que corrió entre el 25 de agosto y el 7 de septiembre de 2023, la parte actora no hizo manifestación 1 Modificado por el artículo 35 de la Ley 2080 de 2021. 2 Adicionado por el artículo 35 de la Ley 2080 de 25 de enero de 2021. Número único de radicación: 11001-03-24-000-2023-00192-00 Actora: MIREYA ESCOBAR VELA Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2 alguna, de conformidad con el informe secretarial visible en el índice 9 del expediente digital3.
Por tal razón, el Despacho rechazará la demanda de la referencia, comoquiera que la parte actora no la corrigió dentro del término conferido en el proveído de 11 de agosto de 2023, de acuerdo con lo previsto en los numerales 1, 3, 7 y 8 del artículo 162, del CPACA. En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en Sala Unitaria, R E S U E L V E: RECHAZAR la demanda presentada por la parte actora.
Ejecutoriada esta providencia, archívese la actuación.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera 3 Visto en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial, SAMAI.