CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., veinticinco (25) de mayo de dos mil veintitrés (2023) Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-02732-00 Referencia: Acción de tutela Actor: RAÚL GIOVANNY VÉLEZ MARTÍNEZ Asunto: Admite demanda AUTO INTERLOCUTORIO Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por el señor RAÚL GIOVANNY VÉLEZ MARTÍNEZ contra la SECCIÓN SEGUNDA -SUBSECCIÓN “E”- DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, por estimar que le vulneraron sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, a la seguridad social, a la dignidad humana, a la vida digna y al acceso a la administración de justicia, al haber proferido la providencia de 25 de noviembre de 2022 dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con el número único de radicación 2018-00313-01.
En consecuencia, se dispone: 1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política". 2 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-02732-00 Actor: RAÚL GIOVANNY VÉLEZ MARTÍNEZ Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co a): Notifíquese a los magistrados de la Sección Segunda -Subsección “E”- del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co b): Por tener interés directo en las resultas del proceso, vincúlense y notifíquese a la NACIÓN - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - POLICÍA NACIONAL, parte demandada dentro del proceso que dio origen a la presente acción. Asimismo, al JUZGADO CUARENTA Y NUEVE ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, que conoció en primera instancia del proceso en mención. Remítaseles copia de la solicitud de tutela al señor Ministro de Defensa Nacional, al Director de la Policía Nacional y al Juez Cuarenta y Nueve Oral Administrativo del Circuito de Bogotá, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co c): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que en derecho les corresponda, los documentos aportados por el actor con la solicitud de tutela. 3 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-02732-00 Actor: RAÚL GIOVANNY VÉLEZ MARTÍNEZ Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co d): Tiénese al doctor WILLIAM ALBERTO HERRERA CUELLAR como apoderado especial del actor, de conformidad con el poder obrante en el expediente. e): Ofíciese al Juzgado Cuarenta y Nueve Administrativo Oral del Circuito de Bogotá para que remita, en el término de la distancia, con destino al proceso de la referencia, copia física o digital del expediente identificado con el número único de radicación 2018- 00313-01, contentivo del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por el actor contra la NACIÓN - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - POLICÍA NACIONAL, al correo electrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera