CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejera Ponente: Marta Nubia Velásquez Rico Bogotá, D.C., diecisiete (17) de marzo de dos mil veintitrés (2023) Radicación: 110010315000202301120 00 Accionante: Ever Andrés Arango Correa y otros Accionado: Consejo de Estado – Sección Tercera – Subsección B Referencia: Acción de tutela – admite El abogado John Arturo Cárdenas Mesa presentó demanda de tutela como apoderado especial del señor Ever Andrés Arango Correa y otros, entre los cuales se mencionó al señor Hernán J. Jaramillo.
Mediante auto del 6 de marzo de 2023, se requirió al referido profesional del derecho con el propósito que allegara el poder que le confirió el señor Hernán J. Jaramillo para ejercer su representación judicial en el asunto de la referencia, so pena de rechazo de la demanda de tutela respecto del mencionado señor. La anterior providencia se notificó el 7 de marzo siguiente a la dirección de correo electrónico señalada en la demanda, frente a lo cual se guardó silencio.
Por lo expuesto, se
RESUELVE
PRIMERO: ADMITIR la demanda presentada por los señores Ever Andrés Arango Correa, Mónica Liney Arango Correa, Alina Patricia Correa Correa, Diana Cecilia Correa Correa, Jenny Yohana Correa Correa, Juan Daniel Correa Correa, Alba Cecilia Correa García, Dora Luz Correa García, Gloría Lucía Correa García, Jorge Enrique Correa García, Luis Gonzalo Correa García, Nubia de los Dolores Correa García, Olga Regina Correa García, Samuel Antonio Correa García, Angy Vanesa Correa Sánchez, Jorge Weimar Correa Sánchez, María Elena Correa Tobón, Olga Cristina Correa Tobón, Ana Carolina Jaramillo Correa, Carlos Enrique Jaramillo Correa, Javier Mauricio Ochoa Correa, Mario Enrique Ochoa Correa, Martha Cecilia Ochoa Correa, Adrián Felipe Zapata Correa, Olga Elena Zapata Correa, Rodrigo Alexander Zapata Correa, Sergio Andrés Zapata Correa y Yolima Sirley Zapata Correa, por conducto de apoderado judicial, para la protección de sus derechos Radicación: 110010315000202301120 00 Accionante: Ever Andrés Arango Correa y otros Accionado: Consejo de Estado – Sección Tercera – Subsección B Referencia: Acción de tutela 2 fundamentales a la reparación integral, a la igualdad y de acceso a la administración de justicia, supuestamente vulnerados por los magistrados Fredy Ibarra Martínez, Alberto Montaña Plata y Martín Bermúdez Muñoz, integrantes de la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado.
SEGUNDO: VINCULAR al Ejército Nacional, al Ministerio de Relaciones Exteriores y a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, como terceros interesados en el proceso.
TERCERO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
CUARTO: NOTIFICAR la presente decisión a las partes y a los terceros vinculados. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días, la parte accionada, magistrados Fredy Ibarra Martínez, Alberto Montaña Plata y Martín Bermúdez Muñoz, rinda informe sobre los hechos objeto del presente asunto.
QUINTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, para que, si lo considera procedente dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
SEXTO: RECONOCER personería adjetiva al abogado John Arturo Cárdenas Mesa, portador de la Tarjeta Profesional No. 79.651 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte actora, en los términos de los poderes allegados al expediente.
SÉPTIMO: RECHAZAR la demanda de tutela respecto del señor Hernán J. Jaramillo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE MARTA NUBIA VELÁSQUEZ RICO Nota: esta providencia fue suscrita en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el link https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.
Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha.