CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN B Bogotá D.C., cinco (5) de septiembre de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-04770-00 Demandante: Diego Fernando Duran Osorio Demandado: Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y otros AUTO QUE ADMITE Se encuentra el proceso al despacho para decidir sobre la admisibilidad de la solicitud de amparo constitucional presentada por Diego Fernando Duran Osorio, por la presunta vulneración de sus derechos y garantías fundamentales al trabajo, a la igualdad, a las vacaciones, a la familia, al descanso y a desconectarse, con ocasión de la respuesta negativa a la solicitud de expedición de un certificado de disponibilidad presupuestal.
Revisada la solicitud de la referencia, el despacho considera que cumple con los requisitos previstos en los artículos 14 del Decreto 2591 de 1991 y 1 del Decreto 333 de 2021. En consecuencia, Resuelve Primero. Admitir la solicitud de tutela instaurada por Diego Fernando Duran Osorio contra la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Ibagué y el Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Ibagué. Segundo. Por la Secretaría General de la corporación notificar, por el medio más expedito y a la mayor brevedad, a las autoridades demandadas de la admisión de la presente solicitud de amparo, para lo cual deberá hacerles llegar copia de la misma, para que, si a bien lo tienen, dentro de los 2 días siguientes al recibo de la notificación de esta providencia rindan informe sobre los hechos planteados.
Tercero. Tener como pruebas los documentos allegados con el escrito de tutela. Notifíquese y cúmplase JUAN ENRIQUE BEDOYA ESCOBAR Firma electrónica Se deja constancia de que esta providencia se firma en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema valida la integridad y autenticidad del presente documento en el link http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador