Micelio
11001031500020211149000Consejo de Estado · Sala especial de decisiónAclaración voto2021-12-12

Radicación interna: 15315 · RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION

Ponente: Myriam Stella Gutierrez Arguello

Actor: Arnoldo Donado Maldonado·Demandado: Providencia Del 21 De Agosto De 2020, Proferida Por El Consejo De Estado Seccion Segunda Subseccion

Radicado: 11001-03-15-000-2021-11490-00 Recurrente: Arnaldo Donado Maldonado CONSEJO DE ESTADO SALA ESPECIAL DE DECISIÓN No. 13 Referencia: Recurso Extraordinario de Revisión Expediente: 11001-03-15-000-2021-11490-00 Recurrente: Arnaldo Donado Maldonado ACLARACIÓN DE VOTO Con el respeto acostumbrado por la posición de la Sala, me permito aclarar el voto en la decisión adoptada en la providencia de 14 de diciembre de 2022 mediante la cual se declaró infundada la recusación formulada contra el doctor William Hernández Gómez.

En primero término, debo precisar que comparto la decisión de declarar infundada la recusación en comento, por cuanto no se configura la causal referida, pues no se advierte la existencia de un interés, directo o indirecto, real, serio y relacionado con la cuestión que el consejero William Hernández Gómez debe decidir, que en este caso, corresponde a resolver el recurso de súplica contra el auto que rechazó la demanda del recurso extraordinario de revisión. No obstante lo anterior, considero que la doctora Myriam Stella Gutiérrez Arguello no debía ser la ponente de la referida decisión, en tanto que, la recusación contra el doctor William Hernández se dio en el marco de un recurso de súplica contra la decisión de la magistrada Gutiérrez Arguello de rechazar la demanda del recurso extraordinario de revisión. Luego, en estricto sentido la referida doctora no integraría la Sala para resolver la súplica y, en el mismo orden, tampoco debería participar en la decisión que resuelve la recusación contra quien debería ser el ponente de la súplica (Dr. William Hernández).

De cualquier forma, aun cuando lo anterior no supone una irregularidad procesal considero que era necesaria dicha precisión. En los anteriores términos dejo expuesta la aclaración de mi voto. Adicionalmente, Fecha ut supra CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO Magistrado “Este documento fue firmado electrónicamente. Usted puede consultar la providencia oficial con el número de radicación en http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081”