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11001032600020210012800Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección C)Auto interlocutorio2021-06-21

Radicación interna: 67096 · LEY 1437 RECURSO EXTRAORDINARIO DE UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA

Ponente: Nicolas Yepes Corrales

Actor: Oscar Cornel Callejas·Demandado: Fiscalia General De La Nacion

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA Consejero Ponente: NICOLÁS YEPES CORRALES Bogotá D.C, treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintidós (2022) Radicación: 11001-03-26-000-2021-00128-00 (67096) Referencia: Recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia Recurrentes: Oscar Coronel Callejas y otros Asunto: Decisión sobre la liquidación de costas Procede el Despacho a pronunciarse sobre la liquidación de las costas procesales, de conformidad con lo previsto en el artículo 366 del Código General del Proceso.

I.

ANTECEDENTES 1. Mediante providencia de veintisiete (27) de enero de dos mil veintidós (2022), este Despacho dispuso rechazar de plano el recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia presentado por el señor Oscar Coronel Callejas y otros, condenando a la parte recurrente al pago de costas procesales y agencias en derecho en favor de la Nación - Fiscalía General de la Nación, por la suma equivalente a un (1) salario mínimo legal mensual vigente (smlmv). 2.

La Secretaría de la Sección Tercera del Consejo de Estado, mediante Oficio de treinta y uno (31) de marzo de dos mil veintidós (2022), efectuó la liquidación correspondiente, así: Ese mismo día, la Secretaría procedió a fijar en lista la liquidación de costas atrás reseñada. 3. El seis (6) de abril de dos mil veintidós (2022), el expediente entró al Despacho a fin de que se disponga sobre la liquidación efectuada.

II. CONSIDERACIONES De conformidad con lo dispuesto en el artículo 366 del Código General del Proceso (CGP) y teniendo en cuenta que la liquidación de costas realizada por la Secretaría de la Sección Tercera se ajusta a derecho y cumple con lo ordenado por el Despacho en providencia del veintisiete (27) de enero de dos mil veintidós (2022), esta será aprobada.

En merito de lo expuesto, el Despacho

RESUELVE

PRIMERO. APROBAR la liquidación de costas efectuada por la Secretaría de la Sección Tercera de esta Corporación, dentro del presente trámite.

SEGUNDO. Ejecutoriada esta providencia, ARCHÍVESE este proceso, previas las anotaciones que resulten del caso.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, NICOLÁS YEPES CORRALES Consejero P13