Micelio
05001233300020180148201Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2025-02-13

Radicación interna: 72394 · LEY 1437 REPARACION DIRECTA

Ponente: Fredy Hernando Ibarra Martinez

Actor: Jorge Armando Mazo Atehortua, Hermelina De Jesús Atehortúa Agudelo, Luz Estela Mazo Atehortua, Leidy Yaneth Atehortua, Elizabeth Atehortua, Liliana Maria Atehortua, Hector Emilio Atehortua, Giovany Mazo Atehortua, Edgar Antonio Mazo Atehortua, Edison Hernando Mazo Atehortua, Efrain Antonio Mazo Henao·Demandado: -Ejército Nacional, Policia Nacional, Ministerio De Defensa Nacional, Ministerio Del Interior

REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA – SUBSECCIÓN B Bogotá DC, once (11) de marzo de dos mil veinticinco (2025). Magistrado ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ Expediente: 05001-23-33-000-2018-01482-01 (72.394) Actor: HERMELINA DE JESÚS ATEHORTÚA Y OTROS Demandado: NACIÓN – MINISTERIO DE DEFENSA Y OTROS Medio de control: REPARACIÓN DIRECTA – CPACA Asunto: ADMISIÓN DE RECURSO DE APELACIÓN En atención al recurso de apelación interpuesto oportunamente1 por la parte demandante (índice 129 SAMAI de la primera instancia) en contra de la sentencia proferida el 28 de noviembre de 2024 por el Tribunal Administrativo de Antioquia – Sala Sexta de Decisión (índice 126 SAMAI de la primera instancia) dispónese: 1°) Por ser procedente al tenor de lo dispuesto en los artículos 243 y 247 de la Ley 1437 de 2011, modificados por los artículos 62 y 67 de la Ley 2080 de 2021, respectivamente, admítese el recurso de apelación presentado por la parte demandante en contra de la sentencia proferida el 28 de noviembre de 2024. 2°) Notifíquese esta providencia al Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en numeral 3 del artículo 198 de la Ley 1437 de 2011. 3°) Ejecutoriado este auto ingrésese el expediente al despacho para lo pertinente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FREDY IBARRA MARTÍNEZ Magistrado (Firmado electrónicamente) Constancia: la presente providencia fue firmada electrónicamente por el Magistrado Ponente de la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado en la plataforma digital SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Ley 2213 de 2022. 1 La sentencia se notificó mediante correo electrónico el 29 de noviembre de 2024 (índice 128 SAMAI de la primera instancia) y el recurso de apelación se interpuso el 9 de diciembre del mismo año.