CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Bogotá D.C., treinta y uno (31) de enero de dos mil veinticinco (2025) Radicación número: 11001-03-15-000-2024-06421-00 Accionante: Minerva Hidalgo Pedrozo Autoridad: Tribunal Administrativo del Cesar Asunto: Acción de tutela ACCIÓN DE TUTELA-Rechazo de plano por falta de corrección. La señora Minerva Hidalgo Pedrozo, en nombre propio, interpuso acción de tutela con el fin de obtener la protección a sus derechos fundamentales a la dignidad y debido proceso, que considera vulnerados por el Tribunal Administrativo del Cesar al no haber fallado una acción de tutela contra el Juzgado Sexto Administrativo de Valledupar.
Mediante auto de 2 diciembre de 2025, conforme el artículo 17 del Decreto 2591 de 1991, se devolvió la acción de tutela con el fin que determinara la acción u omisión que motivara la acción de tutela, indicara la autoridad judicial accionada, la amenaza o agravio a los derechos fundamentales y el número de radicación de la acción de tutela supuestamente pendiente de decisión por parte de esa autoridad judicial.
Como la acción de tutela no fue subsanada en término, se dispone RECHAZAR de plano la acción de tutela, de conformidad con el artículo 17 del Decreto 2591 de 1991.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE WILLIAM BARRERA MUÑÓZ JCC/MCS