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11001031500020220646700Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2022-12-05

Radicación interna: 10317 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Hugo Fabian Rojas Barreto·Demandado: Consejo Superior De La Judicatura - Direccion Ejecutiva De Administracion Judicial Y Otros

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., doce (12) de diciembre de dos mil veintidós (2022) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-06467-00 Accionante: Hugo Fabián Rojas Barreto Accionados: Consejo Superior de la Judicatura, Sala Administrativa y otros Tema: Acción de tutela por acción u omisión de autoridad pública / Admisión de la tutela / Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad.

AUTO Hugo Fabián Rojas Barreto presentó -en nombre propio- una acción de tutela para obtener el amparo de sus derechos fundamentales al descanso, a la igualdad y al trabajo digno. Según el accionante, dichas garantías constitucionales fueron vulneradas por la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, la Dirección Ejecutiva Seccional de Boyacá y Casanare y el Consejo Superior de la Judicatura, Sala Administrativa, toda vez que no se le ha permitido el disfrute de sus vacaciones ni se ha emitido el certificado de disponibilidad presupuestal correspondiente.

Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone: Primero. Admitir la acción de tutela presentada por Hugo Fabián Rojas Barreto contra la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, la Dirección Ejecutiva Seccional de Boyacá y Casanare y el Consejo Superior de la Judicatura, Sala Administrativa. Segundo. Notificar la presente providencia a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, la Dirección Ejecutiva Seccional de Boyacá y Casanare y al Consejo Superior de la Judicatura, Sala Administrativa, para que dentro del término de dos (2) días contados a partir de la notificación, se pronuncien sobre las pretensiones y hechos de la acción de tutela.

Tercero. Las anteriores notificaciones se realizarán vía correo electrónico y los anexos se incluirán como archivo adjunto del mismo modo. Cuarto. Una vez recibida la información solicitada y cumplido el plazo para que las partes presenten sus informes, la Secretaría General remitirá al despacho vía correo electrónico, las respuestas y documentos que se alleguen.

Radicado: 11001-03-15-000-2022-06467-00 Accionante: Hugo Fabián Rojas Barreto Admite acción de tutela 2 Quinto. PUBLÍQUESE la presente providencia en la página web de la Corporación.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado