Radicado: 25000-23-36-000-2013-01618-03 (70751) Demandante: Empresas Públicas de Cundinamarca S.A. E.S.P CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C 1 Magistrado ponente: JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Bogotá, D.C., veinticinco (25) de enero de dos mil veinticuatro (2024) Radicación número: 25000-23-36-000-2013-01618-03 (70751) Actor: Empresas Públicas de Cundinamarca S.A. E.S.P. Demandado: Consorcio Acueducto Regional y otros Medio de control: Controversias Contractuales Tema: Admisión recurso de apelación AUTO SEGUNDA INSTANCIA El Despacho ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante1, en contra de la sentencia del treinta y uno (31) de agosto de dos mil veintitrés (2023)2, proferida por la Sección Tercera, Subsección A del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, al encontrar reunidos todos los requisitos legales establecidos en el artículo 247 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021.
El Ministerio Público podrá rendir concepto desde que se admite el recurso y hasta antes de que ingrese el proceso para sentencia. En consecuencia,
NOTIFÍQUESE personalmente esta decisión al Ministerio Público, y por estado a las partes, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 198 y en el artículo 201 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Notifíquese y cúmplase, JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Magistrado Firmado electrónicamente AET 1 Presentado el 26 de septiembre de 2023, registrado en el índice No. 181 en el Sistema de Gestión Judicial Samai del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. 2 Índice No. 175 en Samai del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, notificada el 5 de septiembre de 2023 (Índice 180).