Micelio
11001031500020250438000Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección A)Auto interlocutorio2025-07-16

Radicación interna: 6812 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: José Roberto Sáchica Méndez

Actor: Eudes Rodriguez Oñate·Demandado: Sección Quinta Del Consejo De Estado

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA – SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Bogotá, D.C., veintiuno (21) de agosto de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 11001-03-15-000-2025-04380-00 Accionante: Eudes Antonio Rodríguez Accionado: Consejo de Estado – Sección Quinta Referencia: Acción de tutela – Auto que vincula a terceros 1.

El señor Eudes Antonio Rodríguez presentó acción de tutela contra la Sección Quinta del Consejo de Estado, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales de acceso a la administración de justicia, debido proceso e igualdad1. Considera que estos fueron vulnerados por la autoridad accionada al proferir la sentencia del 8 de mayo de 2025, en el marco de la acción de cumplimiento2 que promovió en contra del Ministerio de Transporte y otros. 2.

Por auto del 28 de julio de 2025, se dispuso, entre otras cosas, admitir la demanda de tutela de la referencia, vincular al Ministerio de Transporte, a la Superintendencia de Puertos y Transporte, a la Agencia Nacional de Seguridad Vial y al municipio de Valledupar – Secretaría de Tránsito y Transporte, en calidad de terceros con interés, así como requerir a la Secretaría de la Sección Quinta de esta Corporación para que remitiera copia digital del expediente contentivo de la acción de cumplimiento objeto de debate. 3.

Revisado el expediente requerido, se advirtió que, en el trámite de la referida acción de cumplimiento, por medio de auto del 25 de febrero de 2025, se reconocieron como coadyuvantes a los señores Yenis Rodríguez, Tomás Eduardo Quiroz y otros. 4. En tales condiciones, el despacho estima necesaria su vinculación al trámite de tutela, dado el interés que les asiste, al haber actuado como coadyuvantes en el proceso dentro del cual se profirió la sentencia que busca dejarse sin efectos.

En consecuencia, R E S U E L V E:

PRIMERO: VINCULAR, en calidad de terceros con interés, a todas las personas reconocidas como coadyuvantes en el auto del 25 de febrero de 2025, proferido por el Tribunal Administrativo del Cesar en el marco de la acción de cumplimiento con radicado número 20001-23-33-000-2025-00060-01.

SEGUNDO: NOTIFICAR la presente decisión a los terceros anteriormente vinculados para que, en el término de veinticuatro (24) horas, hagan uso de su derecho a intervenir en el proceso de la referencia. La notificación ordenada se realizará por Secretaría a la dirección de correo electrónico transitomelkiskammerer@gmail.com3. 1 También invocó la protección de los principios de buena fe, confianza legítima y seguridad jurídica. 2 Con radicado número 20001-23-33-000-2025-00060-01. 3 Dicha dirección de correo electrónica fue la indicada por los coadyuvantes en su solicitud.

Radicación: 11001-03-15-000-2025-04380-00 Accionante: Eudes Antonio Rodríguez Accionado: Consejo de Estado – Sección Quinta Referencia: Acción de tutela – Auto que vincula a terceros

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE4 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.

Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai. 4 VF