Micelio
11001031500020230179700Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2023-04-13

Radicación interna: 2795 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Nubia Margoth Peña Garzon

Actor: Jhony Arizabaleta Caicedo·Demandado: Tribunal Administrativo Del Tolima Y Otro

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO AMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., dieciocho (18) de abril de dos mil veintitrés (2023) Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-01797-00 Referencia: Acción de tutela Actor: JHONY ARIZABALETA CAICEDO Asunto: Admite demanda AUTO INTERLOCUTORIO Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por el señor JHONY ARIZABALETA CAICEDO contra el JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE IBAGUÉ y el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL TOLIMA, por estimar que le vulneraron su derecho fundamental al debido proceso, al haber proferido respectivamente dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con el número único de radicación 2017-00027-01, las providencias de 27 de agosto de 2019 y 6 de octubre de 2022.

En consecuencia, se dispone: a): Notifíquese al señor Juez Quinto Administrativo Oral del Circuito de Ibagué y a los magistrados del Tribunal Administrativo del Tolima. 1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política". 2 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-01797-00 Actor: JHONY ARIZABALETA CAICEDO Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co b): Por tener interés directo en las resultas del proceso, vincúlese y notifíquese a la NACIÓN - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - EJÉRCITO NACIONAL, parte demandada dentro del proceso que dio origen a la presente acción. Remítaseles copia de la solicitud de tutela al señor Ministro de Defensa Nacional y al Comandante del Ejército Nacional, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co c): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que en derecho les corresponda, los documentos aportados por el actor con la solicitud de tutela. d): Tiénese al doctor CARLOS MAURICIO AGUDELO VALLEJO como apoderado especial del actor, de conformidad con el poder obrante en el expediente. 3 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-01797-00 Actor: JHONY ARIZABALETA CAICEDO Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co e): Ofíciese al Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Ibagué para que remita, en el término de la distancia, con destino al proceso de la referencia, copia física o digital del expediente identificado con el número único de radicación 2017-00027-01, contentivo del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por el actor contra la NACIÓN - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - EJÉRCITO NACIONAL, al correo electrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera