CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Bogotá D.C., dieciséis (16) de mayo de dos mil veintidós (2022) Radicación número: 11001-03-15-000-2022-02614-00 Solicitante: Eva Mercedes Sanjuan Autoridad: Tribunal Administrativo de Norte de Santander Asunto: Acción de tutela TUTELA-Contenido de la solicitud.
TUTELA-Requiere al solicitante para que aclare la solicitud. El 6 de mayo de 2022, Eva Mercedes Sanjuan, en nombre propio, formuló acción de tutela contra un tribunal administrativo por la supuesta vulneración de sus derechos fundamentales con ocasión de la falta de respuesta a una petición. Previo a decidir sobre la admisión de esa solicitud, el Despacho advierte que la solicitante no expresó de manera clara contra qué autoridad se dirige la tutela, ya que no precisa cuál tribunal administrativo vulneró sus derechos fundamentales.
Además, la solicitante no aportó el correo de radicación de su petición ante esa autoridad. Por ello, la tutela no reúne los requisitos establecidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991. En consecuencia: 1. REQUIÉRASE a Eva Mercedes Sanjuan para que en el término de tres (3) días indique de manera clara contra qué autoridad se dirige la solicitud y aporte el correo de radicación de la petición. ADVIÉRTESELE que, de no dar cumplimiento a lo anterior, la solicitud se rechazará de plano, de conformidad con el artículo 17 del Decreto 2591 de 1991.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE DCM/MCS Id Documento: 11001031500020220261400005025210003