Micelio
11001031500020220671700Consejo de Estado · Sección CuartaAuto interlocutorio2022-12-15

Radicación interna: 10703 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Wilson Ramos Girón

Actor: Melisa Andrea Arango Rua·Demandado: Consejo Superior De La Judicatura - Registro Nacional De Abogados

Radicado: 11001-03-15-000-2022-06717-00 Demandante: Melisa Andrea Arango Rua 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE (E): MILTON CHAVES GARCÍA Bogotá D.C., diecinueve (19) de diciembre de dos mil veintidós (2022) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-06717-00 Demandante: MELISA ANDREA ARANGO RUA Demandado: CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA ASUNTO: AUTO ADMISORIO Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone: 1.

Admitir la demanda de tutela presentada por Melisa Andrea Arango Rua contra el Consejo Superior de la Judicatura, con el objeto de que sea amparado el derecho fundamental de petición. 2. En calidad de parte demandada, notificar al presidente del Consejo Superior de la Judicatura. 3. Así mismo, Publicar en la página web del Consejo de Estado esta providencia para el conocimiento de todos los terceros interesados. 4.

El expediente digital queda a disposición de la parte demandada y de los terceros, por el término de 3 días, para que ejerzan los derechos que pretendan hacer valer. 5. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda. 6. Las comunicaciones, oficios, memoriales, escritos, pruebas documentales y demás que se presenten en este trámite judicial, se recibirán en la siguiente cuenta de correo electrónico del Consejo de Estado: secgeneral@consejodeestado.gov.co.

Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MILTON CHAVES GARCÍA