Micelio
70001233300020160036501Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección A)Auto interlocutorio2023-06-20

Radicación interna: 69989 · LEY 1437 REPARACION DIRECTA

Ponente: Maria Adriana Marin

Actor: Jose De Jesus Ordoñez Banquez, Ibeth Esther Ordoñez Banquez, Angie Patricia Ordoñez Banquez, Adin Banquez Cervantes, Cristian Savis Romero Banquez, Dina Esther Banquez Cervantes, Manuela Martinez Julio, Marqueza María Banquez Ordoñez, Jose De Jesus Banquez Estremor, Leocadio Banquez Estremor, Orlando Ordonez Rodriguez, Alvaro De Jesus Banquez Estremor·Demandado: -Ejército Nacional, Policia Nacional, Armada Nacional, Departamento De Sucre, Ministerio De Defensa Nacional, Ministerio Del Interior, Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social, Unidad Para La Atencion Y Reparacion Integral De Las Victimas

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A Consejera ponente: MARÍA ADRIANA MARÍN Bogotá D.C., seis (6) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024). Radicación número: 70001-23-33-000-2016-00365-01 (69989) Actor: LEOCARDIO BANQUEZ ESTREMOR Y OTROS Demandado: NACIÓN – MINISTERIO DE DEFENSA - EJÉRCITO NACIONAL - POLICÍA NACIONAL Y OTROS Referencia: MEDIO DE CONTROL REPARACIÓN DIRECTA 1.- Reconstrucción del expediente Por auto del 9 de mayo de 2024, el Despacho requirió a la parte demandante con el fin de obtener copia de la constancia expedida por la Procuraduría General de la Nación, en la que constaba la presentación de la conciliación extrajudicial del proceso de la referencia (Índice 15 SAMAI).

Ante tal requerimiento, la parte actora allegó copia del documento requerido (Índice 19 SAMAI). Por consiguiente, se declara reconstruido el expediente y se pasa nuevamente a Despacho para elaborar proyecto de auto que resuelva el recurso de apelación interpuesto contra la providencia del 3 de septiembre de 2020. 2.- Otras solicitudes Mediante memorial radicado el 23 de agosto del año en curso (Índice 22 SAMAI), la parte demandante solicita que se decida la apelación presentada, porque el plazo razonable para decidir ha fenecido.

Se informa al solicitante que dada la importancia del tema que se debate, el proceso se encuentra en elaboración de la ponencia que va a ser presentada ante la Sala.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente MARÍA ADRIANA MARÍN MAGISTRADA