CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN B Bogotá D.C., veintinueve (29) de mayo de dos mil veintiséis (2026) Referencia: Tutela Radicación: 11001-03-15-000-2025-05255-02 Demandante: Jesús Ardenson García Rivera Demandados: Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y otro AUTO QUE APERTURA INCIDENTE DE DESACATO Se encuentra el proceso al despacho para decidir sobre la apertura del incidente de desacato presentado por Jesús Ardenson García Rivera, por el presunto incumplimiento por parte del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de la orden de amparo contenida en la sentencia de tutela proferida el 12 de febrero de 2026 por el Consejo de Estado, Sección Primera en la que se resolvió: «[…]
PRIMERO: MODIFICAR la sentencia de 23 de septiembre de 2025, proferida por la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado, en su lugar se dispone:
PRIMERO: TUTELAR el derecho fundamental de petición del señor Jesús Anderson García Rivera contra el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: ORDENAR al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, dé respuesta al señor Jesús Anderson García Rivera frente a la solicitud número 2 de su petición, la cual le deberá ser debidamente comunicada.
TERCERO: NEGAR en lo demás la solicitud de tutela, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia […]» En consecuencia, Resuelve Primero. Dar apertura al incidente de desacato instaurado por Jesús Ardenson García Rivera contra el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación. Segundo. Tener como incidentada a Ángela Yesenia Olaya Requene, ministra de Ciencia, Tecnología e Innovación, o quien haga de sus veces.
Tercero. Por la Secretaría General de la corporación notificar, por el medio más expedito y a la mayor brevedad, a la autoridad incidentada de la apertura del presente incidente de desacato, para lo cual deberá hacerle llegar copia de este, para que, dentro de los 2 días siguientes al recibo de la notificación de esta providencia, rinda informe sobre los hechos planteados.
Expediente: 11001-03-15-000-2025-05255-02 Demandantes: Jesús Ardenson García Rivera 2 Cuarto. Una vez cumplido lo anterior, devolver el expediente al despacho para continuar con el trámite correspondiente. Notifíquese y Cúmplase JUAN ENRIQUE BEDOYA ESCOBAR Firmado electrónicamente Se deja constancia de que esta providencia se firma en forma electrónica mediante el aplicativo Samai, de manera que el certificado digital que arroja el sistema valida la integridad y autenticidad del presente documento en el link http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador