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11001031500020220593400Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección A)Auto interlocutorio2022-11-09

Radicación interna: 9533 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Jose Roberto Sachica Mendez

Actor: Williams Frank Briceño Ortiz·Demandado: Tribunal Administrativo Del Cauca

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Bogotá, D.C., siete (07) de diciembre de dos mil veintidós (2022) Radicación: 11001-03-15-000-2022-05934-00 Accionante: Williams Frank Briceño Ortiz Accionado: Tribunal Administrativo del Cauca Referencia: Acción de tutela – auto que deja sin efecto.

El 9 de noviembre de 2022, el señor Williams Frank Briceño Ortiz, a través de apoderada judicial, presentó acción de tutela contra el Tribunal Administrativo del Cauca, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y defensa, así como el principio de legalidad. Considera que tales prerrogativas fueron vulneradas por la autoridad accionada al proferir la sentencia del 1 de septiembre de 2022, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho1 que promovió contra la Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional.

Mediante auto de 17 de noviembre de 20222, se admitió la demanda de tutela, se ordenó notificar al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca como autoridad judicial accionada, y se vinculó como tercero interesado a la Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional. Estando el asunto para fallo de primera instancia, el Despacho advierte que se tuvo como accionado al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, cuando la autoridad judicial que profirió la sentencia cuestionada y contra quien se presentó la acción fue el Tribunal Administrativo del Cauca.

En razón a lo anterior, déjese sin efectos el auto de 17 de noviembre de 2022, en lo relacionado con la vinculación del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca; para, en su lugar, tener al Tribunal Administrativo del Cauca como la autoridad judicial accionada. En consecuencia, notifíquese la presente decisión a las partes, y el auto admisorio a la accionada, para que en el término de dos (2) días rinda el informe de que trata el numeral quinto.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE3 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ 1 Identificado con número de radicado 19001-33-33-005-2016-00120-01. 2 Notificado el 22 de noviembre de 2022. 3 VF Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.