Micelio
18001233100020110001601Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Aclaración voto2017-09-21

Radicación interna: 60053 · ACCION DE REPARACION DIRECTA

Ponente: Alberto Montaña Plata

Actor: Luis Carlos Muñeton Fonseca, Ana Luz Muñeton Fonceca, Luz Marina Ronceca Murcia, Jesus Maria Muneton Muneton·Demandado: Ejercito Nacional De Colombia, Policia Nacional, Fiscalia General De La Nacion, Rama Judicial, Ministerio De Defensa

REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B Bogotá DC, veinte (20) de febrero de dos mil veintitrés (2023). Magistrado ponente: ALBERTO MONTAÑA PLATA Expediente: 18001-23-31-000-2011-00016-01 (60.053) Demandante: JESÚS MARÍA MUÑETON Y OTROS Demandado: NACIÓN – RAMA JUDICIAL Y OTROS Medio de control: REPARACIÓN DIRECTA ACLARACIÓN DE VOTO Aunque comparto la decisión de fondo proferida por la Sala, aclaro mi voto porque considero que el daño al buen nombre es un perjuicio derivado de la privación de la libertad.

En efecto, aunque comparto la orden de disculpas públicas que se da en la sentencia por la vulneración del buen nombre, considero que la denominada indemnización de bienes jurídicos especialmente protegidos por la Constitución y los tratados internacionales sobre derechos humanos constituye un recurso argumentativo para explicar y justificar, válida y oportunamente, la necesidad y la pertinencia de rebasar o superar los topes de indemnización de los perjuicios ya reconocidos por el daño causado, para el caso, la afectación del buen nombre es un perjuicio derivado de la privación injusta de la libertad.

FREDY IBARRA MARTÍNEZ Magistrado (firmado electrónicamente) Constancia. la presente aclaración de voto fue firmada electrónicamente por el magistrado en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 2 de la Ley 2213 de 2022.