Micelio
11001031500020230333400Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2023-06-21

Radicación interna: 5170 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Alberto Montaña Plata

Actor: Alvaro Jesus Nieves Pitalua·Demandado: Tribunal Administrativo De Cordoba Y Otro

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: Alberto Montaña Plata Bogotá DC, 12 de Julio de 2023 Radicación: 11001-03-15-000-2023-03334-00 Demandante: Álvaro Jesús Nieves Pitalua Demandado: Tribunal Administrativo de Córdoba Naturaleza: Acción de tutela.

Auto Admite 1. Admisión Ingresado el asunto al despacho1, es preciso indicar que, mediante Auto de 23 de junio de 2023, se requirió a Álvaro Jesús Nieves Pitalua para que precisara (1) si la acción de tutela se dirigía contra el Tribunal Administrativo de Córdoba por una aparente mora judicial o se dirigía contra COLPENSIONES con ocasión de la liquidación de la mesada pensional de jubilación realizada en cumplimiento de una sentencia judicial y (2) ajustara la(s) pretensión(es) del escrito de tutela.

Adicionalmente, el despacho advirtió que en el acápite de pruebas, el accionante manifestó que aportaba “constancia de envío ante el Tribunal Administrativo de Córdoba”, pero esta prueba no reposaba en el expediente digital. Mediante comunicación enviada el 4 de julio de 2023, la parte actora manifestó (se trascribe): “que la solicitud de amparo se dirige contra el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CÓRDOBA por mora judicial injustificada dentro del proceso ejecutivo Radicado N° 33001.23.33.000.2015-00263-00, en igual sentido se vinculó a la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES, por tener interés directo en la decisión que tome su honorable despacho judicial.

(…)También aporto la prueba documental solicitada para los fines procesales pertinentes.” Así las cosas, se admitirá la acción de tutela de la referencia presentada por Álvaro Jesús Nieves Pitalua contra el Tribunal Administrativo de Córdoba, en los términos expuestos en el escrito de subsanación presentado. 1 El 10 de julio de 2023.

Radicación: 11001-03-15-000-2023-03334-00 Demandante: Álvaro Jesús Nieves Pitalua Demandado: Tribunal Administrativo de Córdoba Naturaleza: Acción de tutela. Auto Decisión: Admite 2 de 2 En consecuencia, el despacho,

RESUELVE

PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela presentada por Álvaro Jesús Nieves Pitalua contra el Tribunal Administrativo de Córdoba, y VINCULAR a la Administradora Colombiana de Pensiones –COLPENSIONES-, como tercero con interés en el asunto.

SEGUNDO: NOTIFICAR Y CORRER TRASLADO de esta providencia, junto con la tutela y sus anexos, al demandado y al tercero vinculado, para que, en el término de 2 días, contados desde la fecha de notificación, rindan el informe que estimen pertinente.

TERCERO: TENER como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la acción de tutela y el escrito de subsanación.

CUARTO: Por Secretaría General de esta Corporación, PUBLICAR la presente providencia en la página web del Consejo de Estado.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA