CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Consejero ponente: NICOLÁS YEPES CORRALES Radicación: 11001-03-15-000-2024-02410-01 Accionante: Antonio García Ramos Accionado: Comisión Nacional de Disciplina Judicial y Comisión Sección de Disciplina Judicial del Tolima Asunto: Acción de tutela - Sentencia de segunda instancia ACLARACIÓN DE VOTO Con la debida consideración y respeto por las decisiones de la Sala, procedo a explicar los motivos por los cuales, si bien comparto la decisión de confirmar la declaración de improcedencia de la solicitud de amparo, no estoy de acuerdo con la razón de fondo en el sentido de declarar la falta de legitimación en la causa por activa del señor Antonio García Ramos, toda vez que, a juicio del suscrito magistrado, el accionante se encontraba legitimado para concurrir a este escenario constitucional en tanto formuló la queja que originó el proceso disciplinario cuyas decisiones se reprochan en este asunto.
En ese orden, debió efectuarse el estudio de los requisitos de procedibilidad para las acciones de tutela promovidas contra providencia judicial, análisis que, para el presente caso, no logró superar el requisito de relevancia constitucional, tal como lo considero que el fallo de primera instancia, por lo que debió confirmarse la decisión, pero por esta razón. En los anteriores términos dejo sentada mi aclaración de voto.
Fecha ut supra. JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Magistrado Firmado electrónicamente