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05001233100020120020001Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección C)Aclaración voto2013-07-22

Radicación interna: 48015 · EJECUTIVO

Ponente: William Edgardo Barrera Muñoz

Actor: Findeter·Demandado: Departamento De Antioquia

Radicación número:05001-23-31-000-2012-00200-01(48015) Demandante: Financiera de Desarrollo Territorial S.A. (FINDETER). CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C MAGISTRADO PONENTE: GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE Bogotá D.C., dieciséis (16) de septiembre de dos mil veintidós (2022) REFERENCIA: ACLARACIÓN DE VOTO.

RADICACIÓN: 05001-23-31-000-2012-00200-01(48015) DEMANDANTE: FINANCIERA DE DESARROLLO TERRITORIAL S.A. (FINDETER). DEMANDADO: DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA. Si bien, acompañé con mi voto la revocación de la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Antioquia el 20 de febrero de 2013, para, en su lugar, declarar probada la excepción de inexistencia de título ejecutivo y negar el libramiento de mandamiento ejecutivo, creo oportuno aclarar que la razón por la que el Decreto ley 254 de 2000 no era aplicable a este asunto radica en que este únicamente se hizo extensivo a las entidades del orden territorial -como Acuantioquia- con la promulgación de la Ley 1105 de 13 de diciembre 2006, lo cual ocurrió después de que culminara el proceso liquidatario de dicho ente.

En esos términos me permito, con todo respeto, dejar sentada mi aclaración de voto. JAIME ENRIQUE RODRIGUEZ NAVAS Magistrado Firmado electrónicamente