Expediente: 11001-03-15-000-2023-02246-00 Demandante: María del Socorro Baute de Castillo CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: WILSON RAMOS GIRÓN Bogotá, 11 de mayo de 2023 Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-02246-00 Demandante: María del Socorro Baute de Castillo Demandado: Tribunal Administrativo del Cesar Asunto: Auto admisorio Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone: 1.
Admitir la demanda de tutela presentada, por conducto de apoderado judicial, por María del Socorro Baute de Castillo contra el Tribunal Administrativo del Cesar, con el objeto de que sean amparados los derechos fundamentales de acceso a la administración de justicia, debido proceso y a la seguridad social. 2. En calidad de demandados, notificar a los magistrados del Tribunal Administrativo del Cesar. 3.
En calidad de terceros con interés, vincular al juez primero administrativo de Valledupar y al director general de la Unidad Administrativa Especial de Gestión y Pensional y Contribuciones Parafiscales, UGPP. 4. El expediente digital queda a disposición de la parte demandada y de los terceros, por el termino de 3 días, para que ejerzan los derechos que pretendan hacer valer. 5.
Tener como pruebas, con el valor que asigna la ley, los documentos aportados con la demanda. 6. Requerir al Juzgado Primero Administrativo Valledupar para que, en el término de 2 días, aporte copia magnética del expediente con radicado 20001-33-33-001-2014- 00482-00, demandante: María del Socorro Baute de Castillo. 7. Negar la prueba pedida por la parte demandante1.
Las sentencias judiciales no son pruebas. Si la demandante pretendía que se tuviera en cuenta algún precedente judicial ha debido aportarlo con la demanda. 8. Reconocer a la abogada Mónica Liliana Sanabria Uribe como apoderado judicial de la parte demandante, en los términos del poder conferido. 1 La actora pidió que se requiriera al Juzgado Quinto Administrativo de Valledupar que suministrara copias de las sentencias de primera y segunda instancia dictadas en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado 20001333300520210012700.
Expediente: 11001-03-15-000-2023-02246-00 Demandante: María del Socorro Baute de Castillo 9. Las comunicaciones, oficios, memoriales, escritos, pruebas documentales y demás que se presenten en este trámite judicial, se recibirán en la siguiente cuenta de correo electrónico del Consejo de Estado: secgeneral@consejodeestado.gov.co.
Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) WILSON RAMOS GIRÓN