CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN B Bogotá D.C., ocho (8) de septiembre de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-04835-00 Demandante: Nedis Lobelo Herrera Demandados: Presidencia de la República y otros AUTO QUE ADMITE Se encuentra el proceso al despacho para decidir sobre la posibilidad de admitir la solicitud de amparo constitucional presentada por Nedis Lobelo Herrera contra la Presidencia de la República, vicepresidencia y secretaría de trasparencia; la Fiscalía General de la Nación; la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República por la presunta vulneración de sus derechos y garantías fundamentales al debido proceso y de petición. Revisada la solicitud de la referencia, el despacho considera que cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 14 del Decreto 2591 de 1991 y 1 del Decreto 333 de 2021.
En consecuencia, Resuelve Primero. Admitir la solicitud de tutela instaurada por Nedis Lobelo Herrera en contra de la Presidencia de la República, vicepresidencia y secretaría de trasparencia; la Fiscalía General de la Nación; la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República. Segundo. Por la Secretaría General de la corporación notificar, por el medio más expedito y a la mayor brevedad, a las entidades demandadas de la admisión de la presente solicitud de amparo, para lo cual deberá hacerles llegar copia de esta, para que, si a bien lo tienen, dentro de los 2 días siguientes al recibo de la notificación de esta providencia rindan informe sobre los hechos planteados.
Tercero. Tener como pruebas los documentos allegados con el escrito de tutela. Notifíquese y Cúmplase JUAN ENRIQUE BEDOYA ESCOBAR Firmado electrónicamente Se deja constancia de que esta providencia se firma en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema valida la integridad y autenticidad del presente documento en el link http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador