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11001031500020230031200Consejo de Estado · Sección CuartaAuto interlocutorio2023-01-24

Radicación interna: 447 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Milton Chaves Garcia

Actor: Maria Neccy Corral De Serrato·Demandado: Consejo De Estado Seccion Segunda Subseccion A

Radicado: 11001-03-15-000-2023-00312-00 Demandante: María Neccy Corral de Serrato. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: MILTON CHAVES GARCÍA Bogotá D.C., veintiséis (26) de enero de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-00312-00 Demandante: MARÍA NECCY CORRAL DE SERRATO Demandado: CONSEJO DE ESTADO –SECCIÓN SEGUNDA-SUBSECCIÓN A- Y OTRO AUTO – ADMITE Por reunir los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 1° del Decreto 1382 de 2000, se dispone: 1.

Admitir la demanda interpuesta, en nombre propio, por la señora María Neccy Corral de Serrato contra el Consejo de Estado –Sección Segunda-Subsección A- y el Tribunal Administrativo del Tolima. 2. Notificar el presente auto a la demandante, a los demandados, al Municipio de Ibagué y a la Nación –Ministerio de Educación Nacional-Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio-, como terceros interesados en el resultado del proceso a quienes se les remitirá copia de la demanda.

Así mismo, Publicar en la página web del Consejo de Estado esta providencia para el conocimiento de todos los terceros interesados. 3. Notificar a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 610 del Código General del Proceso. La notificación se deberá hacer por vía electrónica y por buzón, de manera que no se enviará documento alguno en papel.

Informar que el expediente queda a su disposición por si desea revisarlo. 4. Informar al demandado y a los terceros con interés que en el término de dos (2) días y por el medio más expedito pueden rendir informe sobre los hechos objeto de la presente acción. Los escritos se pueden presentar al correo secgeneral@consejodeestado.gov.co 5.

Oficiar al Tribunal Administrativo del Tolima, para que en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación del presente auto, allegue copia a través de medio magnético, el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado 73001-23-33-000-2019-00023-00, demandante: María Neccy Corral de Serrato. Al correo secgeneral@consejodeestado.gov.co 6.

Suspender los términos de la presente acción de tutela hasta que se allegue copia del expediente solicitado. Radicado: 11001-03-15-000-2023-00312-00 Demandante: María Neccy Corral de Serrato. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente.

Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador 2 Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MILTON CHAVES GARCÍA