CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: José Roberto Sáchica Méndez Bogotá, D.C., veintidós (22) de febrero de dos mil veintidós (2022) Radicación: 11001-03-15-000-2022-01063-00 Accionante: Margarita María Garzón Mejía Accionado: Tribunal Administrativo de Santander y otro Referencia: Acción de tutela – Admisión La señora Margarita María Garzón Mejía, a través de apoderado judicial, interpuso demanda de tutela contra el Juzgado Décimo Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga y el Tribunal Administrativo de Santander, con el fin de que se le protejan sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa, acceso a la administración de justica y trabajo, presuntamente vulnerados por las autoridades judiciales accionadas, al proferir las sentencias del 16 de marzo de 2018 y 13 de febrero de 2020, respectivamente, dentro del proceso ejecutivo (rad. 68001-33-33- 012-2017-00069-00/01) que promovió contra el Departamento de Santander y la Contraloría Departamental de Santander.
Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:
PRIMERO: ADMITIR la demanda.
SEGUNDO: VINCULAR al Departamento de Santander y a la Contraloría Departamental de Santander, como terceros interesados en el proceso.
TERCERO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
CUARTO: REQUERIR al Juzgado Décimo Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga para que remita, en calidad de préstamo, el expediente identificado con el radicado número 68001-33-33-012-2017-00069-00.
QUINTO: NOTIFICAR la presente decisión al Juzgado Décimo Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga, al Tribunal Administrativo de Santander, al Departamento de Santander y a la Contraloría Departamental de Santander. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a las direcciones de correo electrónico reportadas en sus páginas web, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia, para que las dos primeras, en el término de dos (2) días, rindan informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo y los terceros hagan uso de sus derechos de contradicción y defensa.
Radicación: 11001-03-15-000-2022-01063-00 Accionante: Margarita María Garzón Mejía Accionado: Tribunal Administrativo de Santander y otro Referencia: Acción de tutela – Admisión 2 SEXTO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante a las direcciones de correo electrónico reportadas (delfin47@hotmail.com y aborland6@hotmail.com).
SÉPTIMO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera procedente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
OCTAVO: RECONOCER personería jurídica al abogado Orlando Pedraza Malagón, portador de la tarjeta profesional 134.695 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte actora, en los términos y para los efectos del poder que obra en el escrito de tutela.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE1 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ VCM / CC / XO 1 VF Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.