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11001031500020230186100Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2023-04-17

Radicación interna: 2912 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Oswaldo Giraldo Lopez

Actor: Hermann Gustavo Garrido Prada·Demandado: Tribunal Administrativo De Cundinamarca Seccion Primera Subseccion A

Radicado: 11001 03 15 000 2023 01861 00 Accionante: Hermann Gustavo Garrido Prada Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., veintiuno (21) de abril de dos mil veintitrés (2023) Expediente: 11001 03 15 000 2023 01861 00 Accionante: HERMANN GUSTAVO GARRIDO PRADA Accionado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCIÓN PRIMERA, SUBSECCIÓN A ACCIÓN DE TUTELA – ADMITE Mediante escrito enviado por correo electrónico el 17 de abril de 20231, el señor Hermann Gustavo Garrido Prada, actuando en nombre propio, interpuso acción de tutela en contra del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección A, solicitando se amparen los derechos fundamentales de acceso a la información pública, al debido proceso y acceso a la administración de justicia. Estima que los aludidos derechos fueron conculcados con ocasión de la providencia proferida el 26 de enero de 2023 por el tribunal accionado en el recurso de insistencia identificado con el radicado nro. 25000 23 41 000 2022 01272 00, que declaró bien denegada la solicitud de información contenida en el numeral 12 del derecho de petición, que radicó ante la Comisión Nacional del Servicio Civil.

Dado que la solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 14 del Decreto Ley 2591 de 1991, será admitida. 1 Ingresado al despacho el 18 de abril de 2023. Radicado: 11001 03 15 000 2023 01861 00 Accionante: Hermann Gustavo Garrido Prada Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2 Por otra parte, el despacho vinculará por tener interés en el resultado del proceso a la Comisión Nacional del Servicio Civil, que negó la solicitud de información presentada por el hoy accionante, convocada en el recurso de insistencia. Por lo expuesto, el despacho, en Sala Unitaria, RESUELVE Primero. Admitir la acción de tutela interpuesta por el señor Hermann Gustavo Garrido Prada, en contra del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección A. Segundo. Notificar, por el medio más expedito y eficaz al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección A, con el fin de que rinda un informe en la presente tutela y allegue los documentos que pretenda hacer valer como pruebas, dentro de los tres (3) días siguientes al recibo del respectivo oficio.

Tercero. Vincular, por tener interés en el resultado del proceso, a la Comisión Nacional del Servicio Civil, para lo cual deberán comunicarle sobre la presente acción de tutela con el fin de que, si a bien lo considera, rinda un informe y allegue los documentos que pretenda hacer valer como pruebas, dentro de los tres (3) días siguientes al recibo del respectivo oficio.

Cuarto. Con el valor que le asigne la ley ténganse como pruebas las documentales aportadas por la parte accionante. Quinto. Solicitar al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección A, que allegue copia digital o el hipervínculo de consulta del recurso de insistencia radicado con el número 25000 23 41 000 2022 01272 00.

Radicado: 11001 03 15 000 2023 01861 00 Accionante: Hermann Gustavo Garrido Prada Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 3 Sexto. Notificar por el medio más expedito y eficaz esta decisión a la parte actora.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, OSWALDO GIRALDO LÓPEZ Consejero de Estado CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.